La discusión para cambiar la jubilación patronal empezará en junio próximo. Para ese mes está previsto que se instale la primera mesa técnica del Consejo Nacional de Trabajo y Salarios (CNTS), que revisará la propuesta de reforma al Código del Trabajo que el ministerio del ramo presentó el pasado 29 de abril.

Con el actual esquema, tienen derecho a acceder a la jubilación patronal los trabajadores con 25 años o más de servicio en una misma empresa. También tienen derecho a un pago parcial aquellos trabajadores que son despedidos al cumplir los 20 años de labores.

La iniciativa gubernamental plantea reemplazar el régimen vigente por un fondo común con aportes de patronos y empleados desde el inicio de la relación laboral.

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La ministra del Trabajo, Ivonne Núñez, dijo a EL UNIVERSO que la próxima semana se enviará una convocatoria a los miembros del consejo, el cual está conformado por representantes de trabajadores y empleadores.

La autoridad no adelantó en qué fecha exacta de junio se instalará la mesa, la cual estará integrada por delegados de los sindicatos, del sector empresarial, del ministerio y del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS).

Núñez confirmó que el IESS ya remitió los nombres de las personas que ayudarán con los cálculos actuariales. Y se espera que las organizaciones de trabajadores y empleadores completen a sus delegados.

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Esta es la propuesta del Frente Unitario de Trabajadores para reformar la jubilación patronal

En la sesión del 29 de abril, el pleno del consejo aprobó llevar la discusión de la reforma a la jubilación patronal a través de mesas técnicas y se establecieron dos plazos importantes.

El primero fue de un mes, a partir de esa fecha, para estudiar el proyecto de ley del ministerio y seleccionar a las personas que participarán en las mesas.

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El segundo es que, una vez que se instalen las mesas, corren 90 días para el diálogo. Al cabo de ese tiempo se deberá tener listo el proyecto de ley final que se entregará a la Asamblea Nacional.

De acuerdo con los plazos aprobados, si la mesa empieza a trabajar en junio, el análisis debería terminar en agosto; por lo tanto, se esperaría que a finales de ese mes o en inicios de septiembre el consejo ya tenga estructurada la propuesta de reforma.

La jubilación patronal fue creada hace 87 años

La jubilación patronal existe en Ecuador desde el año 1938, para beneficiar a los trabajadores que entonces no tenían acceso a la jubilación estatal por vejez que entregaba la Caja del Seguro.

Es independiente de la pensión por vejez que entrega el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS).

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La jubilación a cargo de los empleadores está establecida en el artículo 216 del Código del Trabajo, que es uno de los artículos que se deberán reformar. El otro es el 188, que dispone el pago parcial de la jubilación patronal para los empleados que tienen entre 20 y menos de 25 años en la misma empresa y son despedidos intempestivamente.

Según la norma vigente, los jubilados patronales pueden cobrar una pensión mensual o un fondo global que cubra las pensiones mensuales. En el artículo 217 del código se indica que, si el jubilado fallece, sus herederos tendrán derecho a recibir la pensión por un año.

Sindicatos, empresarios y el Gobierno coinciden en la necesidad de reformar esta figura, para dar una alternativa que evite el despido de trabajadores que están próximos a cumplir 20 años en una empresa.

Para los empleadores, el pago de la jubilación patronal, con las actuales condiciones, representa un alto costo por una persona que ya no está en funciones.

Cuándo y cómo puede acceder a la jubilación patronal en Ecuador: ¿se debe trabajar de corrido o cuentan los periodos interrumpidos en la misma empresa?

De acuerdo con cifras del Ministerio del Trabajo, apenas un 4 % de trabajadores logra beneficiarse de la jubilación patronal.

¿Cuál es la reforma a la jubilación patronal propuesta por el Gobierno?

  • El fondo común que propone el Ministerio del Trabajo está pensado para las nuevas contrataciones que se den a partir de la aprobación del proyecto de ley.
  • Se financiará sin importar el tiempo que una persona permanezca en un empleo, ni la cantidad de lugares donde llegue a trabajar.
  • El proyecto de ley dispone la creación de un fideicomiso que será administrado por el Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (Biess).
  • Los porcentajes de los aportes que deberán pagar empleadores y trabajadores serán calculados por el IESS mediante un estudio actuarial.
  • La pensión que reciba el jubilado patronal no será mayor que la “remuneración básica unificada media del trabajador”.
  • El trabajador indicará al Biess que la jubilación sea pagada mensualmente, a través de una pensión o en un fondo global.

Cuando el Ministerio del Trabajo expuso su propuesta al consejo, el Frente Unitario de Trabajadores (FUT) puso reparos al considerar que se pierde la figura de jubilación patronal si le toca aportar también al empleado.

La organización se opone a esa estructura. Sugiere que los empleadores aporten a un fondo que sea administrado por el IESS. (I)