El Gobierno dispuso la tarifa diferenciada del impuesto a la salida de divisas (ISD) para subpartidas arancelarias de sectores productivos y farmacéutico que regirá a partir del 1 de enero del 2026.

Para ello, el presidente Daniel Noboa emitió el Decreto Ejecutivo 272 con los porcentajes:

  • Sectores productivos 2,5 %
  • Sector farmacéutico 0 %

El Ministerio de Producción, Comercio Exterior e Inversiones emitirá un acuerdo ministerial para establecer las subpartifas arancelarias específicas que tendrán esta reducción en la tarifa, así como los criterios, condiciones y parámetros para su aplicación.

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Estas tarifas ya se aplicaron a esos sectores hasta abril del 2025 y entonces el listado de subpartidas lo elaboró el Ministerio de Economía y Finanzas.

Ahora esta cartera de Estado determinará el espacio fiscal máximo aplicable a la implementación de la tarifa diferenciada del ISD, considerando criterios de sostenibilidad de las finanzas públicas y balanza de pagos.

Eso implica un límite para la emisión y aplicación del listado de subpartidas arancelarias con tarifa diferenciada.

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Se deberán realizar informes trimestrales sobre la ejecución y utilización del techo fiscal determinado para el 2026 y con base en ellos el Ministerio de Economía evaluará periódicamente y comunicará cuando se identifique un riesgo de superar el límite establecido para adoptar las medidas correspondientes para garantizar la sostenibilidad de las finanzas públicas, indica el decreto emitido el martes 30 de diciembre.

La tarifa general del ISD es del 5 % y se paga en las transferencias, envíos o traslados de dinero al exterior. (I)

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