El presidente Daniel Noboa Azín publicó el Decreto Ejecutivo n.º 20, que reforma el Reglamento Codificado de Regulación de Precios de Derivados de Hidrocarburos.
La medida, que entrará en vigencia a partir de este 4 de junio, introduce cambios clave en la venta de diésel para el sector pesquero y refuerza los mecanismos de control para evitar el desvío del combustible subsidiado.
En el documento del decreto se argumenta que es necesario adoptar propuestas regulatorias integrales de distribución y estabilización de precios de los combustibles fósiles con la finalidad de salvaguardar una adecuada política económica y fiscal.
Publicidad
Así, se modificó el artículo 6 del reglamento, que ahora estipula lo siguiente: “Los precios de venta del diésel desde las abastecedoras a las comercializadoras serán definidos por cada actor de la cadena, sumando los impuestos aplicables y en función de la disponibilidad de producto por parte de EP Petroecuador”.
Los precios desde la comercializadora a las embarcaciones con bandera nacional serán definidos por cada actor de la cadena de comercalización más los impuestos aplicables.
Y para otras pesquerías se mantiene el precio de venta del diésel en terminales de almacenamiento en $ 1,567991 por galón, sin impuesto al valor agregado (IVA).
Publicidad
El documento también reformula la disposición decimoséptima y le encarga al Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca remitir de forma mensual a EP Petroecuador y al Ministerio de Economía y Finanzas el listado de las embarcaciones que sean beneficiarias del acuerdo con este numeral.
Se añadió una disposición que asegura que, en lo referente a la distribución de diésel subsidiado para buques pesqueros, esta se realizará únicamente en centros de distribución y comercializadoras autorizadas. El texto agrega que cada transacción deberá registrarse electrónicamente, incluyendo el identificador del buque, la cantidad despachada y la fecha.
Publicidad
Además, como parte del fortalecimiento del control y la fiscalización, se establece una coordinación entre la Agencia de Regulación y Control de Hidrocarburos, la Armada del Ecuador y el Ministerio de Producción para vigilar el uso correcto del diésel subsidiado.
Asimismo, se establecerán acuerdos con Perú y Colombia para compartir información que permita prevenir el contrabando de combustible hacia esos países.
Según el decreto, las reformas responden a la propuesta del Comité de Optimización Energética, creado en 2024 para articular la política relacionada con el uso de la energía, en los ámbitos de la seguridad pública, social y ambiental.
El decreto también recuerda que, según la Constitución, el Estado se reserva el derecho de administrar, regular, controlar y gestionar los sectores estratégicos, entre ellos los recursos naturales no renovables, de conformidad con los principios de sostenibilidad ambiental, precaución, prevención y eficiencia. (I)
Publicidad