El presidente de la República, Daniel Noboa, podrá disponer que se fije el precio mínimo de sustentación del banano y del plátano en cualquier momento del año. Lo hizo a través del Decreto Ejecutivo 116 emitido el 10 de septiembre pasado.
El decreto tiene un solo artículo que agrega al artículo 3 de la Ley para el control de precios del banano, plátano y otras musáceas para exportación lo siguiente:
“En cualquier momento del año y de forma excepcional, el presidente de la República podrá disponer a la autoridad agraria nacional que emita el respectivo acuerdo ministerial con una nueva fijación de los precios mínimos de sustentación y precios referenciales FOB., valores que se mantendrán provisionalmente hasta que se organicen las mesas de negociación establecidas en la Ley y este Reglamento, y se determinen los precios definidos”.
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Actualmente, el banano es el segundo mejor producto de exportación no petrolera del Ecuador. De enero a julio pasado el país percibió $ 2.428 millones por los envíos de la fruta a sus diferentes destinos, según las últimas cifras del Banco Central del Ecuador.
El precio mínimo de sustentación actual de la fruta es de $ 7,25. (I)