Dentro del sistema financiero existen varias entidades que ofrecen más facilidades para otorgar créditos hipotecarios con diferentes condiciones, como monto máximo y hasta tiempo de duración.

Una de las entidades que más préstamos hipotecarios otorgan es el Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (Biess), que ofrece créditos hipotecarios para los afiliados y jubilados de la seguridad social bajo ciertas condiciones.

Según los parámetros del Biess, en el préstamo para Vivienda Premier, el monto máximo que financia en este préstamo es de hasta $ 50.000, incluyendo gastos; se puede cancelar hasta en 300 meses, es decir, 25 años plazo, y aplica para vivienda única y de primer uso (nueva) y que sea con más de una habitación.

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Los interesados en este financiamiento deben tener ingresos de hasta $ 1.489,90 mensuales, puesto que al superar esa cifra ya no va con la tasa del 4,99 %, sino que va a cambiar a 5,99 %, que aplica para vivienda preferencial o un poco mayor.

Pueden acceder al crédito hipotecario Vivienda Premier con la tasa del 4,99 %:

  • Afiliados bajo relación de dependencia que acumulen 36 aportaciones (las últimas 13 deben ser consecutivas).
  • Afiliados voluntarios con 36 aportaciones consecutivas.
  • Jubilados con goce de su pensión.
  • Personas con discapacidad que sumen 18 aportaciones en total.

Por otro lado, en el caso de préstamo Vivienda terminada se financia la compra de casa, departamento o suite terminada, nueva o usada. Otorga 95 % de financiamiento hasta $ 90.000, con un plazo máximo de 25 años.

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Aplica para:

  • Vivienda preferencial Biess: única, de primer uso y usada, con más de una habitación y sin local comercial, avaluada comercialmente hasta en 228,42 salarios básicos unificados. Ingresos familiares de hasta 6,34 salarios básicos unificados (SBU).
  • Vivienda terminada: casa o departamento nuevo o usado, con distribución funcional secuencial (sala, comedor, cocina, área de máquinas, baño completo en el interior de la vivienda y dormitorios; puede incluir local comercial si no supera el 33 % del área de la construcción total).
  • Vivienda hipotecada: si está hipotecada a una entidad financiera regulada por la Superintendencia de Bancos, por un crédito concedido previamente al vendedor del inmueble. La compra se puede efectuar si la entidad financiera admite levantar el gravamen a través del procedimiento establecido de Convenio de Sustitución de Acreedor Hipotecario suscrito con el Biess. Se podrán financiar bajo esta modalidad viviendas con un local comercial, si no supera el 33 % del área de la construcción total.
  • Vivienda multifamiliar: si cuenta con 2 o hasta 4 unidades de vivienda completas y funcionales, o hasta 4 unidades constructivas en los que se podrá combinar entre vivienda y un local comercial, siempre y cuando no supere el 33 % del área de la construcción total.

¿Quiénes aplican?

  • Afiliados con o sin relación de dependencia
  • Afiliados voluntarios
  • Jubilados por vejez, invalidez o discapacidad (I)