En Ecuador, las personas que viajan al exterior y llevan dinero en efectivo deben considerar que, si exceden el monto exento del impuesto a la salida de divisas (ISD), deberán pagar el valor correspondiente, según el Servicio de Rentas Internas (SRI).
Para este año, un viajero tiene permitido llevar hasta $ 1.410 sin pagar el ISD para el caso de las personas mayores de edad y si se transporta con menores, por cada uno de ellos el monto máximo es de $ 470.
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La tarifa del impuesto a la salida de divisas es del 5 %.
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Si la cantidad pasa del monto límite, la entidad tributaria indica que el ciudadano tiene dos opciones para realizar el pago:
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- Pago en el aeropuerto. Si opta por declarar y pagar en este sitio, deberá completar la constancia de cancelación en formato físico, disponible en los locales autorizados (duty free), y efectuar allí el pago correspondiente, el cual solo puede realizarse en efectivo.
- Llenar en línea el formulario múltiple de pagos, disponible en el portal SRI en Línea, en la página web www.sri.gob.ec, dentro de la opción “Declaraciones”. Allí deberá ingresar el código de impuesto 4580, efectuar el pago correspondiente y conservar este documento como respaldo para su viaje.
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Para obtener mayor información sobre el pago del ISD puede ingresar a www.sri.gob.ec o comunicarse al 1-700-774-774. (I)