La devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para adultos mayores y personas con discapacidad en Ecuador es un beneficio de carácter personal que permite recuperar el impuesto pagado en compras de bienes y servicios de primera necesidad, siempre que cuenten con comprobantes electrónicos emitidos a nombre del beneficiario.

Tienen derecho a este mecanismo las personas adultas mayores ecuatorianas o extranjeras residentes en el país que hayan cumplido 65 años al momento de efectuar la compra. En el caso de ciudadanos extranjeros, el acceso al beneficio inicia desde la fecha de expedición de su cédula ecuatoriana.

También pueden solicitar la devolución las personas con discapacidad igual o superior al 30%, calificadas por el Ministerio de Salud Pública y residentes en Ecuador.

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Para acceder al reembolso, los beneficiarios deben registrarse o habilitarse previamente en el SRI y realizar compras en locales autorizados, donde se genere el comprobante electrónico correspondiente.

El beneficio se aplica exclusivamente sobre bienes y servicios de primera necesidad adquiridos dentro del país y emitidos a nombre del solicitante.

El monto máximo de devolución mensual corresponde a la multiplicación de dos salarios básicos unificados por la tarifa de IVA vigente en el periodo de compra.

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Con el salario básico de 470 dólares y una tarifa del 15% en 2025, el límite mensual que pueden recibir los beneficiarios asciende a 141 dólares.

Beneficio tributario mensual del IVA para periodos anteriores:

  • Año 2018: $ 92,64
  • Año 2019: $ 94,56
  • Año 2020: $ 96,00
  • Año 2021: $ 96,00
  • Año 2022: $ 102,00
  • Año 2023: $ 108,00
  • Año 2024: $ 110,40 (ene-mar)
  • Año 2024: $ 138,00 (abr-dic)
  • Año 2025: $ 141,00

Para las personas con discapacidad se aplicará de manera proporcional de acuerdo al grado de discapacidad del beneficiario, conforme a la siguiente tabla:

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Grado de Discapacidad entrePorcentaje de aplicación del beneficio
El 30% y el 49%60%
El 50% y el 74%70%
El 75% y el 84%80%
El 85% y el 100%100%

(I)