Agotar todas las instancias legales se han propuesto la gerencia y la defensa de la cooperativa de ahorro y crédito Inteligencia de Negocios (Incoop) si no consiguen revertir la resolución de liquidación forzosa dispuesta por la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria (SEPS). Esta última defiende su decisión y señala que se enfoca en “proteger los ahorros de los depositantes”.
El pasado 23 de febrero, la SEPS, a través de una resolución, dispuso liquidar a la cooperativa por encontrarse incursa en la causal de liquidación forzosa del Código Orgánico Monetario y Financiero. Tras esa notificación, la cooperativa indicó que iniciará acciones legales para proteger a sus socios y la estabilidad institucional.
El abogado de Incoop, Fernando Yávar, explica que con base en esa resolución, a la que califican “una decisión antitécnica, además inconstitucional e ilegal”, presentaron un recurso administrativo ante la SEPS, es decir, un recurso de apelación de la resolución de liquidación forzosa.
Publicidad
Y simultáneamente, ante la Corte presentaron una petición de medida cautelar constitucional que fue aceptada y que suspendió todos los efectos de la resolución. “Por ende, en la actualidad Incoop realmente no está en liquidación; están suspendidos todos los efectos de la resolución como tal, hasta que se resuelva la impugnación administrativa”, sostiene.
Sin embargo, dice que por parte de la SEPS se ha optado por una “posición contraria a lo que debió haber sido en cumplimiento de la resolución judicial y permitir que la cooperativa reabra sus puertas mientras duraba la impugnación administrativa. Esto lamentablemente no ha sido así...”.
La resolución judicial fue emitida el 4 de marzo por la Unidad Judicial Penal con Competencia en Infracciones Flagrantes con sede en Quitumbe, en Quito, informó la cooperativa el 5 de marzo.
Publicidad
Publicidad
Por su parte, la SEPS —a través de un comunicado del 6 de marzo— señaló que “la resolución de liquidación forzosa de Incoop se mantiene vigente. La medida cautelar dictada por la Unidad Judicial Quitumbe no revoca dicho acto administrativo. El alcance se limita a suspender temporalmente los efectos jurídicos, es decir, las actuaciones del liquidador”.
Asimismo, indicó que esa “garantía constitucional, interpuesta por la exgerencia de Incoop, conlleva la interrupción de los procesos de devolución de depósitos a los exsocios. Al suspenderse las atribuciones legales del liquidador, se posterga la ejecución de los cronogramas de pago y el acceso a los fondos de los depositantes”.
Publicidad
También precisó “que se encuentra en vigencia un recurso administrativo, también interpuesto por la exgerencia de Incoop. En tal sentido, por disposición de la autoridad judicial, la medida cautelar permanecerá vigente hasta que se resuelva dicho recurso”.
Yávar comenta que el 18 de marzo hubo una audiencia ante la SEPS del procedimiento administrativo de apelación y la Superintendencia tiene, desde la presentación del recurso, treinta días para resolver la impugnación.
La SEPS explicó que se procedió a la liquidación forzosa de Incoop “como medida final de un proceso técnico riguroso” y que eso responde a que la cooperativa “fue sometida previamente a un Programa de Supervisión Intensiva (PSI), durante el periodo de un año, en el cual no fueron superadas las alertas financieras detectadas por la SEPS y después de haberse detectado incumplimientos sustanciales. Es preciso destacar que el accionar de la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria se enfoca exclusivamente en proteger los ahorros de los depositantes”.
El gerente general de Incoop, Iván Suasti, señala que estaban en un proceso de PSI, durante el cual venían trabajando de manera organizada y ordenada. “Este PSI lo cumplimos en un 93 %, 39 temas de 42, y lo que de alguna manera hace la SEPS es poner un incumplimiento con base solo en este 7 % y tomar la medida más fuerte de una liquidación sin haberse ni siquiera notificado que ya se había finalizado el PSI o que había este proceso... ¿Cómo puedes decir que hay un incumplimiento sustancial cuando has cumplido el 93 % de todos los entregables? Hemos venido trabajando, se podría decir, mano a mano con la SEPS, pero sí sorprendió esta medida que tomó arbitrariamente el regulador”.
Publicidad
El PSI tenía como fecha de vencimiento agosto de 2024 y luego de ese plazo cumplieron ese 7 % en el transcurso de los siguientes meses, pero eso no fue considerado dentro del cumplimiento, pero tampoco facultaba a que por ese 7 % se tomen esas definiciones, según Suasti.
“A cierre del 2025 ya habíamos cumplido con el 100 % de lo que se mencionó dentro de este PSI... La liquidación la toman con corte a agosto y no con corte a la actualidad”, destaca.
Actualmente, la cooperativa está cerrada y, por la gestión realizada de manera “eficiente” durante años, Suasti asegura que han recibido apoyo por parte de los clientes en el proceso administrativo. Cuentan con 4.500 clientes. “No ha habido un levantamiento, una queja o algo que en realidad someta esto al tema público, y es porque nosotros con la cooperativa hemos demostrado que nuestros indicadores estaban muy bien posicionados dentro del segmento de la economía popular y solidaria”, destaca.
Yávar, que también representa a Suasti, agrega que “ha existido una fluida comunicación con los clientes de la cooperativa respecto de los estatus de las impugnaciones legales que han sido presentadas...”.
Suasti también comenta que, para tranquilidad de los clientes, los indicadores de solvencia y liquidez los respaldan. “Eso significa que podemos responder sin ningún problema a nuestros clientes”.
Yávar indica que, si la SEPS “continúa con esta reticencia de admitir que en el fondo ha existido un cumplimiento que permite continuar con viabilidad el funcionamiento de la cooperativa, agotaremos todas las instancias legales para que esto sea revertido, tanto en la vía administrativa como por la vía judicial, sean estas constitucionales o del Contencioso Administrativo”.
“Lo importante es que tiene que determinarse y revocarse la resolución de liquidación forzosa, porque eso es lo que le hemos pedido a la SEPS, porque además es un acto nulo por inmotivado y esa es la decisión final que estamos buscando. Y, si no la conseguimos en la SEPS, la buscaremos en la función judicial”, reitera.
Debido al contexto actual, Suasti dice que tienen algunos proyectos que están parados, incluso les ha generado un problema no solo a nivel de cooperativa, sino con aliados estratégicos del exterior, que seguían de cerca el crecimiento de la cooperativa.
Incluso, señala que para este mes iban a recibir en Estados Unidos el premio a la mejor banca móvil del Ecuador por parte de Fintech Americas. “Nos catalogó como la mejor banca móvil en Ecuador de 2025 a nivel de cooperativas”.
Tras asumir la gerencia, hace cuatro años, la cooperativa tuvo un cambio positivo en todos los sentidos, tanto organizacionales como estructurales, pero sobre todo tecnológicos, de acuerdo con Suasti. (I)



