El Comité Empresarial también tiene reparos a la Ley de Apoyo Humanitario y pidió al Ejecutivo que aplique un veto parcial a las normas aprobadas por la Asamblea Nacional el 15 de mayo pasado en aspectos laborales y de pago de servicios.

En una carta enviada al presidente Lenín Moreno el 20 de mayo advierten que la interpretación al artículo 169.6 del Código de Trabajo -sobre la terminación de la relación laboral por fuerza mayor o caso fortuito- es antitécnica porque desdice el sentido original, y no es una interpretación sino una reforma que debió cumplir el procedimiento legal.

"Históricamente se entiende a esta causal como la imposibilidad de trabajar por una causa ajena a las partes, imprevisible e irresistible. No tiene sentido que se interprete dicha norma respecto al cese total del negocio para liquidar trabajadores".

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También objetan que para llegar a acuerdos con sus trabajadores no puedan distribuir dividendos, "esto eliminaría de cierta manera la posibilidad de generar acuerdos". Y plantean que para la reducción de la jornada laboral emergente se indique que no podrán repartirse dividendos obtenidos en los ejercicios en que esa jornada reducida esté vigente y aclarar el tratamiento societario y tributario que se debe dar a esos dividendos no distribuidos.

Estos pedidos ya están en conocimiento del Gobierno. El Ministerio de Trabajo indica que el proyecto aprobado por la Asamblea está en análisis y estudio de la Presidencia de la República.

Además de lo laboral, el sector empresarial pide que las facilidades de pago a la Seguridad Social no solo se den a quienes se mantuvieron cerrados durante el estado de excepción, sino que ese beneficio se aplique a todas las empresas, sin importar su tamaño, puesto que todas han tenido problemas, y no han podido operar en su totalidad.

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En cambio, que la medida para los ciudadanos y clientes de reprogramación del pago de cuotas de deudas no sea para todos.

El Comité Empresarial indica que "hay entidades financieras y negocios que venden al por menor y a crédito que no estarán en la capacidad financiera de atender operativamente todas las solicitudes de reprogramación. De igual forma, no todos los deudores tienen las mismas necesidades de refinanciamiento de sus deudas". Por eso quieren que esa disposición no sea obligatoria.

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Igual para los pagos de cuotas de seguros. Y que los créditos productivos para la reactivación también se ofrezcan de forma facultativa desde las instituciones financieras.

Las facturas impagas de servicios de telecomunicaciones y básicos llegan al 50 % y 80 %, asegura para objetar la obligación que establece el proyecto de ley de no suspender estos servicios por falta de pago, así como la división en cuotas de los valores adeudados y el plazo de un año posterior al estado de excepción para no incrementar las tarifas. Piden que se retome el texto original del Ejecutivo respecto a que las tarifas de los servicios básicos no se modificarán durante seis meses, permitiendo que el tema de los impagos se resuelva mediante regulaciones secundarias.

Y sobre las pensiones educativas, proponen que superada la etapa del estado de excepción, los representantes de estudiantes que mantengan incumplimientos en las obligaciones, puedan ser reubicados en otras entidades cuyo costo de pensiones sea menor o en una institución pública; sin que ello implique la condonación o desconocimiento de la deuda.

También piden vetar la fijación de precios de consumo popular y la disposición sobre vuelos internacionales directos a Galápagos. (I)

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