Desde el 15 de octubre próximo, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (Uscis) aplicará la regla de “carga pública” a casi todas las peticiones de beneficios migratorios, tales como la Residencia Permanente y la extensión de estancia en Estados Unidos.

“La regla propuesta define una carga pública como un extranjero que recibe uno o más beneficios públicos”, tales como programas de ayuda social subsidiada de asistencia médica y vivienda. 

Se estima que unos 4.6 millones de extranjeros estarán bajo ese escrutinio.

Publicidad

Anualmente 382.000 personas que aplican por ajuste de estatus, es decir, la “green card” serán sujetos a los nuevos lineamientos.

Existen 10 aspectos que se deben conocer y tener en cuenta al respecto, según una publicación de El Diario Nueva York. 

1. Definición. Un inmigrante considerado “carga pública” es aquel que recibe una o más ayudas sociales durante más de 12 meses en un periodo de 36 meses (tres años).

Publicidad

2. Los programas. La Uscis divide a los beneficios en dos: los monetizables, como cupones de comida (SNAP), apoyos de vivienda y asistencia de alquiler; y los no monetizables, como seguros médicos y viviendas subsidiadas.

3. Excepciones. Uscis no considerará al momento de evaluar a un inmigrante ciertos apoyos recibidos durante desastres, emergencias o por discapacidad, así también, programas de desayuno y/o 'lunch' escolar, el programa de nutrición especial para madres y niños, entre otros.

Publicidad

4. A quiénes no se aplicará . La norma no aplicará a seis grupos: refugiados; asilados; peticionarios de Visa T (víctimas de trata protegidas); protegidos con Visa U (víctimas del crimen considerado de no inmigrante); víctimas de violencia doméstica, y los Jóvenes Inmigrantes Especiales, menores que han sido maltratados o abandonados por sus padres y podrían recibir la Residencia Permanente.

5.- Deportación. Cuando un extranjero solicite su extensión de estancia en el país o su “green card”, si el funcionario de la Uscis considera que es una “carga pública” y le niega la petición, esa determinación pondrá al inmigrante en proceso de deportación.

6.- Puntos en contra.  Ser desempleado o no ser estudiante de tiempo completo; recibir o haber recibido uno o más beneficios públicos; padecer alguna enfermedad que requiera tratamiento médico extenso o que interferirá con la capacidad de mantenerse a sí mismo y ser extranjeros declarados como inadmisibles o deportables por motivos de “carga pública”.

7.- Puntos a favor.  Se considerará a un inmigrante digno de la Residencia Permanente si tiene ingresos, activos o recursos propios y un apoyo de al menos 250 % de las Pautas Federales de Pobreza para su hogar. Una familia de dos personas debería contar con unos ingresos de $58.800 anuales; en el caso de una de tres,  deberían ser $60.500 anuales. También es importante tener permiso de trabajo, empleo y un seguro de salud apropiado.

Publicidad

8.- ¿Está dirigida a hispanos?.-  La regla afectará principalmente a hispanos, asiáticos y afros, según activistas, aunque el director de Uscis, Ken Cuccinelli, defiende que la intención es que los inmigrantes  que llegan a EE.UU. sean autosuficientes. 

9.- Un patrocinador.- Para ayudar a evitar la regla, los inmigrantes pueden presentar el Formulario I-864 o Declaración Jurada de Patrocinio Económico para demostrar que cuentan con los medios económicos para vivir en el país sin necesitar ayuda gubernamental. 

10.- ¿Aplica a peticiones pendientes?.- El Gobierno afirmó que ninguna aplicación presentada antes del 15 de octubre de 2019 será revisada bajo la nueva regla. Lo más importante es consultar con un abogado antes de enviar cualquier formulario. (I)