Esta semana, el presidente Lenín Moreno firmó el decreto 861 por el cual “autoriza de manera excepcional la delegación a la iniciativa privada de la ejecución del proyecto de Diseño, Construcción y Operación de una Refinería de Alta Conversión en la Región Costa”.

Con este decreto, se termina el monopolio estatal de la refinación y se camina a la producción de derivados de alta calidad (Euro 5), con la intervención de la empresa privada, que tiene los recursos económicos, dicen expertos petroleros.

Para René Ortiz, exministro de Energía, el punto central del decreto 861 es la transformación de la industria de la refinación que pasa del estatus monopólico estatal a otro combinado con la iniciativa privada. Además destaca la intención del Gobierno de establecer que la refinación deberá arrojar derivados Euro 5. Explicó que es lógico este cambio, tomando en cuenta que el monopolio estatal no tiene dinero para poder realizar las mejoras.

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Fernando Santos Alvite, exministro de Energía, también considera positiva la intención de terminar el monopolio estatal, pero explica que le llama la atención el hecho de que entre las bases o requisitos para las empresas interesadas se haya establecido un plazo de apenas 30 días. Esto podría ser interpretado como favoritismo hacia las empresas con las cuales ya se han iniciado conversaciones, lo cual no es correcto, analiza. Los procesos deben ser totalmente transparentes, dijo.

El Ministerio comentó que las empresas calificadas se someterán a un proceso competitivo y transparente de ofertas técnicas y económicas, sin compromiso alguno para el presupuesto del Estado.

De acuerdo con el Ministerio, el proceso iniciado esta semana corresponde a presentar expresiones de interés y no se solicita la presentación de ofertas técnicas y económicas.

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¿Pero es necesaria una refinería de alta conversión en el país? De acuerdo con el Ministerio de Energía y Recursos Naturales no Renovables, la nueva refinería es necesaria para cubrir la demanda insatisfecha de derivados en el país. Es que la refinería de Esmeraldas provee del 40 % del consumo y la importación es del 60 %, explicó el Ministerio a este Diario.

Efectivamente, de acuerdo a los datos del Banco Central, aunque la producción de derivados anual en 2018 estuvo en el orden de 80, 4 millones de barriles y el consumo fue de 93,1 millones, el país debió importar 53,1 millones de barriles. El problema, según explicó Santos, es que la producción minoritaria es de derivados blancos (gasolina, diésel, GLP y jet fuel). En cambio, se produce en mayor cantidad el fueloil. Esto significa que Ecuador debe importar derivados blancos para poder mezclarlos con los producidos en el país. De los números del Central también se puede concluir que el consumo interno va creciendo en mayor porcentaje que la producción.

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La idea del Gobierno es que las refinerías, tanto la nueva que se ubicaría en cualquier sector de la Costa (preferiblemente en Esmeraldas o Monte Verde), como la refinería actual de Esmeraldas que entraría en un proceso de concesión de la administración, en las próximas semanas, puedan cubrir la demanda de combustibles.

Entre tanto, para el exasambleísta Henry Llanes, la iniciativa de una nueva refinería “no tiene ni pie ni cabeza”. Explicó que de concretarse la obra en mención, se estaría formando en el Ecuador un monopolio internacional en la refinación y comercialización de los hidrocarburos, porque el Estado estaría ausente en el impulso del proyecto, desarrollo y vigencia de este. Considera que ninguna empresa seria participará en la propuesta. 

Nueva refinería, requisitos técnicos:

Experiencia en construcción de proyecto con 100.000 barriles o en ampliación con inversiones de $ 6.000 millones en los últimos 15 años.

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Experiencia de más de cinco años en operación de refinería o tener acuerdo con un operador de refinerías con capacidad de 100.000 barriles o de conversión (Hydrocraking o Coker).

Requisitos económicos:

Poseer un patrimonio contable de 10% del Capex de referencia, que es de $ 6.000 millones.  Carta de compromiso de una línea de crédito aprobada.  Documento o certificado de disponibilidad de fondos.  Certificado de la existencia legal de la compañía y licitud de fondos.  Balances auditados del último año.  Las empresas tendrán plazo de 30 días para presentar la información. (I)