“Ni siquiera para proteger un derecho humano debemos convertirnos en sepultureros de la Constitución”, expresó el juez y presidente de la Corte Constitucional (CC), Hernán Salgado en su razonamiento al voto salvado a la sentencia de mayoría que dio paso al matrimonio entre parejas del mismo sexo

Plasmó en su argumento que “la única manera de establecer una modificación a la figura del matrimonio, diferente a la prevista en el inciso segundo del artículo 67 de la Ley Suprema, es a través de un procedimiento de reforma constitucional y no por medio de diversas interpretaciones que... nos llevan a una mutación arbitraria”.

 Dicho artículo señala el matrimonio como “la unión entre hombre y mujer”. 

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Pero el juez ponente de la sentencia de mayoría -que aprobó el matrimonio igualitario de la pareja Xavier Benalcázar y Efraín Soria- Ramiro Ávila,  precisó que “la interpretación más favorable de los derechos, el derecho al matrimonio reconocido a parejas heterosexuales se complementa con el derecho de parejas del mismo sexo a contraer matrimonio”, y que para ello no es necesario una reforma constitucional al artículo 67 de la Constitución.

El constitucionalista Stalin Raza consideró que fue una interpretación del artículo 67 en coordinación con las normas constitucionales que garantizan el derecho de igualdad y no discriminación.

 El exjuez de la CC, Antonio Gagliardo cree que aunque “no lo quieren reconocer,  reformaron la Constitución”, sin adoptar los artículos que establece la misma norma para su modificación legal. (I)