El alcance al veto parcial que envió el Ejecutivo a la Asamblea el 25 de julio, sobre la Ley de Fomento Productivo, Atracción de Inversiones, Generación de Empleo y Equilibrio Fiscal, establece que el arbitraje por disputas en contratos de inversión puedan realizarse tanto bajo las reglas nacionales como internacionales. Esto incluye someterse a normativa de la Comisión de la ONU para el Derecho Mercantil Internacional, administrado por la Corte Permanente de La Haya y el Reglamento de Arbitraje de la Corte Internacional de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional de París.