Unos consiguen que se declare la nulidad de su matrimonio por la Iglesia porque lograron probar que el contrayente era bígamo, se había casado dos veces; o porque contrajeron matrimonio con coacción, es decir, de forma obligada bajo cualquier circunstancia; o porque la cónyuge tenía menos de 14 años y él menos de 16. Son el tipo de casos que se han dado en el país y que son referidos por los sacerdotes de los tribunales eclesiásticos de las diócesis que atienden estas causas.