La Comisión de Soberanía Alimentaria finalmente incluyó en el proyecto de Ley de Tierras a los territorios ancestrales tanto en el objeto de la norma como en un capítulo dentro de la regularización de tierras rurales.

Parte del objeto de la ley es el reconocimiento, adjudicación y titulación de las tierras y territorios de comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, pueblos afroecuatoriano y montubio, definiéndose lo que se entiende por tierra y territorio de posesión ancestral.

Además refiere seis derechos colectivos, como obtener una adjudicación gratuita y participar del usufructo, administración y conservación de los recursos naturales renovables que se hallan en sus tierras.

Publicidad

El capítulo denominado Derechos a la Tierra Comunitaria y Territorios Ancestrales incluye artículos sobre la posesión ancestral, derechos colectivos, delimitación y adjudicación, reglas generales aplicables a territorios en posesión ancestrales, estrategias de desarrollo y afectación ambiental.

Según el vicepresidente de la Comisión, Mauricio Proaño (AP), la ley garantiza los derechos colectivos de indígenas, afroecuatorianos y montubios porque todos los territorios ancestrales en el país no pueden ser vendidos, enajenados.

Pero el presidente de la Ecuarunari, Carlos Pérez Guartambel, expresó que el proyecto debería incluir no solamente a los territorios sino también a la territorialidad, que es el poder de decisión aplicando el principio de la libre determinación comunitaria. (I)