La ordenanza de disminución y eliminación de valores de multas de tránsito establecidas en ordenanzas municipales aprobada en primer debate por el Concejo municipal de Guayaquil contiene rebajas en doce infracciones de tránsito sancionadas con normativa local, no con el Código Orgánico Integral Penal (COIP).

Para que la disminución de estos valores entre en vigencia deberá ser consensuada y aprobada en un segundo debate y posteriormente ser publicada en la gaceta municipal.

Concejo municipal de Guayaquil aprueba reducción y eliminación de multas de tránsito

No obstante, entre los conductores de la urbe porteña hay expectativa, puesto que ayer, en primer debate, la aprobación de la normativa fue unánime. Algunos ediles coincidieron en que los valores de multas actuales no se ajustan a la realidad económica de los guayaquileños y el enfoque del orden y control debe ir direccionado a la capacitación y educación vial y no solo a sancionar y multar.

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Dicha ordenanza se aprobó este jueves 13 de julio en primer debate. Y entre otras cosas establece, por ejemplo, que el carril exclusivo del sistema Metrovía será de libre acceso entre las 23:00 y 05:00.

Estas son las infracciones que actualmente se sancionan con $ 450 del salario básico unificado(SBU) y menos de ese rango y que se reducirán en distintos porcentajes, de aprobarse definitivamente la ordenanza en mención:

  • Invasión al carril exclusivo de la Metrovía. Bajará a $ 112,50 (25 % del SBU), pero en caso de reincidencia la sanción será de $ 225 (50 % del SBU). A esta infracción, en la administración municipal anterior, se le había aplicado ya una rebaja del 50 %.
  • Estacionar en sitios prohibidos o en doble columna en el casco céntrico definido por las calles Olmedo, Loja, y avenidas Malecón, Quito y Machala. Pasará a $ 135.
  • Circular en vehículo (carros y motos) sin placa. La multa se reduciría a $ 225.
  • Bloquear las intersecciones. Bajaría a $ 45.
  • Dejar o recoger pasajeros o mercadería en la calle Boyacá, de lunes a sábado de 07:00 a 19:00. La multa se reduciría a $ 112,50.
  • Estacionar en sitios prohibidos por la Agencia de Tránsito y Movilidad (ATM) o en doble columna impidiendo el uso del espacio público. Multa se reducirá a $ 45.
  • Conductor de transporte público que deje o recoja pasajeros o se detenga o estacione en sitios no permitidos. La sanción será de $ 225.
  • Vehículos particulares que se estacionan en bermas para taxis. Pasaría a $ 225.
  • Conductores de taxis que no usen las bermas dispuestas para recibir o dejar pasajeros. También serán sancionados con $ 225.
  • Transporte público y comercial que no tenga activado el GPS y no transmita información a la central de la ATM. La multa será de $ 67,50.
  • Conductores o dueños de carros que vendan comida de cualquier tipo. La sanción será de $ 225.
  • Conductor de vehículo de transporte interprovincial e intraprovincial que se detenga a dejar o recoger pasajeros afuera de la terminal terrestre. En este caso la pena será de $ 225.

Algunas infracciones cuya multa se mantiene en $ 450:

  • Vehículos que bloqueen rampas o parqueen en zonas exclusivas para personas con discapacidad.
  • Colectivo que incumpla con recorrido y zona de servicio.
  • Vehículo pesado que transite en sitios y horarios no autorizados (solo esta infracción se castiga actualmente con $ 900).

Aquiles Alvarez anuncia modificación de ordenanza con nuevos valores en multas de tránsito

Faltas establecidas en el COIP no tendrán rebajas

Infracciones como el exceso de velocidad, conducir con licencia caducada o las que se aplican al conductor que en estado de embriaguez o bajo los efectos de sustancias estupefacientes provoque alguna muerte y, en general, todas las faltas establecidas en el Código Orgánico Integra Penal (COIP) no son sujetas a ninguna rebaja. (I)