Con once votos a favor, el Municipio de Guayaquil aprobó este mediodía la ordenanza que contempla la prohibición del uso de armas blancas y armas de fuego en espacios públicos, así como otras medidas en los planteles educativos.

Dentro de este segundo debate, la ordenanza incorporó otro artículo para la identificación de las personas capturadas en delitos flagrantes.

El concejal Jorge Rodríguez, quien expuso los motivos de la ordenanza, señaló que esta identificación aplicará para las personas detenidas en delitos flagrantes como inviolabilidad de la vida, integridad sexual, violencia contra la mujer, robo, muerte, sicariato, trata de personas y tráfico de migrantes.

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Guayaquil prohibirá porte de todo tipo de armas en espacios públicos; ordenanza incluirá armas blancas y armas de fuego sin autorización

En la ordenanza se indica que el Municipio, como entidad complementaria de seguridad, podrá identificar físicamente ante la comunidad y ante los medios de comunicación a las personas aprehendidas en estos delitos.

El concejal Héctor Vanegas pidió que a más de identificarse a las personas capturadas en delitos flagrantes se incorpore a los más buscados.

La alcaldesa Cynthia Viteri señaló que se pidió a la Policía que entregue las fotos de los más buscados para exhibirlas en las vallas de las calles.

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La ordenanza municipal que contempla la prohibición del uso de armas blancas y armas de fuego en espacios públicos en Guayaquil contiene 15 artículos, tres disposiciones generales y dos disposiciones transitorias.

El texto de esta llamada Ordenanza de Coordinación de Seguridad y Convivencia Ciudadana se impulsa en un intento de frenar la delincuencia y mejorar los niveles de seguridad en la urbe.

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En el artículo 14 se establece que en los casos en que los agentes complementarios de seguridad se encuentren en la necesidad de aprehender a una persona para impedir o detener la comisión de un delito podrá, en el ámbito de sus competencias, emplear el uso progresivo de la fuerza.

Para eso, deberán observar estrictamente las técnicas y principios determinados en la normativa legal vigente y pertinente. Lo anterior, sin perjuicio de emplear los principios de la situación de defensa cuando la situación lo amerite.

Planteles privados en Guayaquil deberán instalar botón de pánico y no se permitirán informales a 200 metros de escuelas, entre disposiciones de ordenanza que incluye prohibición de armas

Estos son los principales temas que aborda la ordenanza:

Porte de armas de fuego sin permisos

El proyecto de ordenanza incluye la prohibición de armas de fuego en espacios públicos sin la debida autorización emitida por los organismos competentes. Cuando se detecte a una persona con un arma ilegal, los agentes lo detendrán y lo pondrán en manos de la Policía.

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Estas aprehensiones podrán darse cuando sean sorprendidos en delitos de flagrancia, contravenciones o infracciones.

La ordenanza establecerá una multa de cinco salarios básicos ($ 2.125), sin perjuicio de las acciones penales.

Porte de armas blancas

En la ordenanza se prohíbe portar armas blancas, como cuchillos, manoplas, machetes, garfios, leznas, hachas, pata de cabra, navajas y puñales, en espacios públicos.

De esta normativa estarán exentas las armas blancas que sirvan como herramientas de trabajo, pero el portador deberá justificar su uso mostrando documentos, como carné de trabajo o de artesanos.

Las personas que porten armas blancas sin la justificación deberán pagar una multa de un salario básico ($ 425).

Prohibición de expendio de bebidas alcohólicas en espacios públicos

La ordenanza incluye la prohibición del expendio y consumo de bebidas alcohólicas en espacios públicos, establecimientos y eventos masivos de concurrencia cantonal que no cuenten con autorización municipal.

Solo se podrán expender bebidas alcohólicas en espacios autorizados, para lo que deben contar con los permisos de funcionamiento y ocupación de vía pública.

Las personas o negocios que incumplan con la disposición, ya sea por el expendio de bebidas alcohólicas en la vía pública o el expendio sin la debida autorización, serán sancionados con un salario básico ($ 425), sin perjuicio de la clausura.

Prohibición de consumo y expendio de sustancias sujetas a fiscalización en espacios públicos

En la ordenanza se incluye la prohibición de consumo y expendio de sustancias sujetas a fiscalización en espacios públicos, establecimientos o eventos de concurrencia masiva.

Cuando los agentes identifiquen a una persona que esté consumiendo sustancias estupefacientes, se realizará un informe para enviarse a una comisaría para abrirse un expediente administrativo.

En caso de que se encuentre a personas intoxicadas en los espacios públicos, se las trasladará a puntos de asistencia médica.

Por incumplimiento, el infractor pagará una multa de un salario básico ($ 425) y dos salarios básicos cuando sea reincidente. En localidades que se permita el consumo de sustancias sujetas a fiscalización se impondrá una multa de tres salarios.

Cuando el infractor sea menor de edad, la multa será impuesta a sus padres o curador.

Prevención y sanción del ruido desde viviendas

La ordenanza prohíbe que en el vecindario o lugar de habitación se perturbe o se permita el sosiego con sonidos o ruidos provenientes de actividades, fiestas, reuniones o eventos similares que afecten la convivencia del vecindario, cuando generen molestias por su impacto auditivo, que sobrepasen los niveles permitidos. El incumplimiento de esto puede ser sancionado con dos salarios básicos ($ 850).

Seguridad complementaria en instituciones educativas

Las actividades comerciales informales estarán prohibidas en un radio de 200 metros a las entidades educativas. También las entidades educativas particulares deberán tener un botón de pánico.

También deberán contar con un guardia de seguridad privado en cada entidad educativa. El incumplimiento será sancionado con una multa de un salario básico.

Los procedimientos sancionatorios que contempla la ordenanza se canalizarán a través de las comisarías. (I)