La desatención a la restricción vehicular que rige en Guayaquil debido al aumento sostenido de casos de COVID-19 no implica el pago de multas, según directivos de la Agencia de Tránsito y Movilidad (ATM).

Vicente Taiano, gerente de la ATM, indicó que por un tema de excepcionalidad no habrá sanciones, lo que sí estuvo contemplado en otros periodos de la medida, dentro del transcurso del año que lleva la pandemia en Ecuador.

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La multa equivalía al 50% de un salario, lo que en dinero actualmente representa $ 200, incluso abarcaba cinco días de retención de la unidad.

Pero en el reciente anuncio de la restricción de 19:00 a 05:00, con vigencia hasta al menos el sábado 10, un día antes de la segunda vuelta electoral, el gerente Taiano señaló que la desatención contemplaba la retención del carro particular y que el propietario para retirarlo solo deba cubrir el bodegaje.

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Dichas normas establecidas por el COE local estarían sujetas a la posible nueva declaratoria de estado de excepción en Guayas y otras ocho provincias.

La ATM dispone de tres patios: uno en Fertisa, otro en Los Vergeles y un tercero en la vía a Daule. Los ciudadanos que tramitan el retiro de sus unidades cancelan $ 3 por motocicletas y $ 6 por automotores livianos.

De ahí que los ciudadanos a los que se les retenga el carro deberán cancelar al menos $ 18 por un mínimo de tres días de bodegaje.

Luis Lalama, director de Control Operativo de la ATM, dijo que la normativa legal contempla la inmovilización en el canchón por mínimo 72 horas, y refirió que si la gestión del dueño es efectiva se puede llevar la unidad en cuanto haya transcurrido ese tiempo.

No obstante, en el caso de que una grúa lleve un auto al canchón, el dueño debe asumir un costo de al menos $ 50.

Aquel es el valor que pagan los ciudadanos a los que se les llevan las motocicletas en los operativos para hacer cumplir la ordenanza que prohíbe la movilización nocturna de dos hombres en esas unidades.

Así, obviar la restricción vehicular en estos tiempos de pandemia podría representarle al ciudadano un egreso de $ 68.

La ley de tránsito, en el caso del conductor que traslade pasajeros en un vehículo no autorizado, estipula una multa equivalente a dos salarios (un total de $ 800), siete días de retención del carro e incluso pérdida de puntos en la licencia.

Por lo general, el conductor avanza al canchón al volante del automotor, pero con un agente de tránsito a su lado y seguido de otros uniformados a bordo de unidades institucionales.

Esa inmovilización de tres días, sustentada en la ley, molestaba a los propietarios la mañana del pasado 30 de marzo. Víctor Amaya, quien aquel día estuvo en el patio de la vía a Daule, consideró injusto que los dueños no puedan hacer ningún trámite si no transcurren esas 72 horas.

Su carro fue llevado al canchón, según él, por supuesto desperfecto mecánico. Aseguró que el uniformado de la ATM registró esa avería luego de detectar una fisura en el parabrisas. Aceptó que su carro llevaba dos años sin registro de matriculación.

Amaya recuperó su unidad luego de que en el patio un jornalero reemplazara el parabrisas rayado.

Respecto al tiempo mínimo de inmovilización en los casos de desatención a la restricción adoptada por la pandemia, el gerente Taiano indicó que analizan reducir ese periodo por otra cuestión de excepcionalidad. (I)