Los vehículos o remolques gastronómicos (foodtrucks) podrán ubicarse en 56 lugares dentro de Guayaquil. Esto luego que se aprobara el pasado 6 de julio, por parte del Concejo Cantonal, el manual técnico en el que se detallan los parámetros para la operación de este tipo de negocio.

El documento era necesario para la autorización de funcionamiento de estos vehículos y estaba pendiente de publicarse desde abril. En Guayaquil podrán operar dos tipos: remolques, es decir, aquellos anclados a otro vehículo o del tipo motorizado, los mismos que tendrán una medida de peso de hasta 3,5 toneladas.

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En el manual, la ciudad fue dividida en 14 distritos en los que se estableció que cuatro lugares podrán operar por cada uno. Sauces, Samanes, Isla Trinitaria, Bellavista, Ferroviaria, Miraflores, Juan Montalvo, Martha de Roldós, El Cóndor, Monte Sinahí, Ciudad Victoria, Pascuales, Chongón, El Fortín son algunos de los sitios determinados por la Dirección de Planificación Urbana, Proyectos y Ordenamiento Territorial (Dupot) del Municipio de Guayaquil.

Los camiones de comida o ‘food trucks’ podrán operar en Guayaquil; ya se aprobó ordenanza definitiva

Verónica Landín, directora de la Dupot, explicó que los lugares determinados están en parqueos colindantes a parques y espacios públicos. Además, los sitios están establecidos de tal manera que se permita la circulación de los peatones. La atención de los vehículos será obligatoria hacia la acera y se recomienda estacionarse en posición de salida.

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En la distribución se excluyó al centro de la urbe por recomendaciones técnicas referentes al tráfico que se podría generar si se estacionaban este tipo de vehículos en el sector. Los vehículos gastronómicos motorizados se ubicarán únicamente en espacios privados que estén en zonas comerciales y mixtas, zona mixta residencial (ZMR) y zona comercial (CC).

La especificación de los lugares era uno de los pedidos que hacían los interesados en este giro de negocio. María Fernanda Yépez, por ejemplo, estaba a la expectativa de que salgan las diferentes resoluciones para revisarlas, aplicar las solicitudes y de esta manera analizar el monto del préstamo bancario que necesitaría para levantar su foodtruck.

Asimismo, Víctor Rojas prevé enviar en los siguientes días la solicitud para el informe técnico y así empezar con el proceso. Él aspira a cubrir alguno de los espacios en el sur de la ciudad que es en donde reside junto a su familia. La idea que tiene para ejecutar junto a su esposa es de venta de alitas, hamburguesas y papas fritas con diferentes condimentos.

Al momento, Landín indicó que existen ingresadas 38 solicitudes de interesados. Algunos de los solicitantes enviaron sus documentos aun cuando no estaba hábil el manual técnico, por lo que ahora ya están siendo contactados por correo para continuar con el proceso.

Un punto a considerar es que en el plan piloto de los vehículos y remolques de comida se ha contemplado el funcionamiento de 56 unidades, es decir, uno por cada ubicación establecida. La titular de la Dupot explicó que de generarse una especial demanda por alguna de las ubicaciones se podría analizar una segunda fase.

Los costos de las tasas de ocupación

Dentro de la ordenanza regulatoria para el funcionamiento de vehículos o remolques gastronómicos en el cantón Guayaquil, aprobada en abril de este año, el Municipio estableció que para el uso de la superficie de bienes de dominio público con vehículos o remolques gastronómicos se cancelarán tasas de ocupación anuales.

  1. La primera, por un valor de $ 2.000 anuales, se considera para el uso del espacio en los distritos Oeste (vía a la costa), Centro Norte I (Urdesa, Ceibos, Miraflores), Sur I (Barrio Centenario) y Norte I (La FAE, La Atarazana, La Garzota).
  2. La segunda, por un valor de $ 1.200 anuales, será para los distritos Chongón, Norte II (Sauces, Alborada Este, Samanes y Quinto Guayas Este), Norte III (Las Orquídeas, Los Vergeles, Mucho Lote 1 y 2) y Centro Norte II (Mapasingue, Juan Montalvo, El Cóndor, Álamos, etc.).
  3. Una tercera tasa con un valor de $ 780 considerando los distritos Norte IV (Mi Lote San Francisco y Puente Lucía), Noroeste I (Bastión Popular, Monte Bello, Pascuales), Noroeste II (Flor de Bastión, Balerio Estacio, El Fortín), Noroeste III (Monte Sinahí, Sergio Toral), Suroeste (Trinitaria, Batallón del Suburbio, Febres Cordero) y Sur II (Guasmo este, Guasmo oeste, Floresta, etc.).
  4. Una cuarta tasa, con un costo de $ 100 será para aquellos que deseen operar en eventos. Los que pueden acceder a esta tasa de ocupación son aquellos que ya tienen alguna de las anteriores. El costo por evento se aplicará en los 14 distritos establecidos.

Las prohibiciones que se aplicarán a los propietarios de ‘foodtrucks’

Entre las principales prohibiciones está instalar el vehículo o remolque gastronómico y funcionar sin el permiso de operación o sin permiso vigente o en espacios distintos a los autorizados. Tampoco se permite el expendio de bebidas alcohólicas. No se podrá tampoco tener más de un permiso de funcionamiento de estos vehículos en el espacio público.

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Queda prohibido colocar mesas, sillas o cualquier tipo de elementos no autorizados, en el espacio público.

Asimismo, no se podrán instalar televisores, parlantes, radios, megáfonos y cualquier otro tipo de equipo sonoro, visual, audiovisuales o luminosos que generen ruidos, masiva concentración de personas o que alteren la paz y tranquilidad del sector. Además, queda prohibido vender publicidad externa en las caras del vehículo o remolque gastronómico y utilizar lenguaje, imágenes o gráficos ofensivos, que atenten contra la moral y las buenas costumbres.

Los propietarios no podrán mantener el motor encendido mientras el vehículo esté parqueado y se encuentre en operación, dispensando alimentos o atendiendo a la ciudadanía. (I)