Cada año más personas se acogen a los beneficios de la Ley Orgánica de Personas Adultas Mayores para obtener rebajas en algunos servicios básicos e impuestos.

Las personas que cumplen 65 años pueden acceder a estas reducciones realizando el trámite respectivo en las dependencias públicas.

Publicidad

El pago del impuesto predial de un inmueble que esté a nombre de un adulto mayor también puede ser sujeto a las rebajas por esta ley.

En el caso del Municipio de Guayaquil, quienes soliciten por primera vez la exoneración del pago lo pueden realizar con a través de la página www.guayaquil.gob.ec.

Publicidad

Una vez en ese portal, el usuario puede dar click en el botón de Servicios en líneae ir a la sección de trámites sobre ‘Aplicación de exoneración para personas adultas mayores’.

Una vez allí, el solicitante deberá llenar datos básicos como correo, teléfono, dirección, nombre, identificación y otros.

Los solicitantes deben haber cumplido los 65 años de edad al 1 de enero del año a exonerar.

Sus ingresos mensuales no deberán exceder en un máximo de 5 remuneraciones básicas unificadas y su patrimonio las 500 remuneraciones básicas unificadas.

Si la renta o patrimonio excede, los impuestos se pagarán únicamente por la diferencia o excedente. (I)