Desde este miércoles, 11 de febrero, entrará en vigencia en Ecuador la nueva Ley del Deporte, aprobada por mayoría en la Asamblea Nacional el 19 de diciembre de 2025. Antes deberá ser remitida al Registro Civil para su posterior publicación.
Un acontecimiento relevante para el deporte nacional, ya que influye directamente en los periodos que pueden tener los miembros de un directorio electo al mando de una entidad deportiva que se rija bajo la normativa de la Ley del Deporte, como federaciones nacionales o clubes deportivos.
La Federación Ecuatoriana de Fútbol (FEF) convocó para el próximo 17 de marzo a un congreso para llevar a cabo, como “punto único”, el proceso de elecciones referentes al periodo 2027-2030, para el cual Francisco Egas Larreategui habría decidido lanzar su candidatura a la presidencia por tercer periodo consecutivo, luego de estar al mando del organismo desde 2019.
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No obstante, Egas no estaría fundamentado legalmente para participar y competir por el cargo de presidente por tercera vez.
El directivo buscaría ampararse en la normativa FIFA, que permite hasta tres periodos, sean estos consecutivos o no, en la silla presidencial. Sin embargo, el organismo rector del fútbol, que si bien es cierto exige autonomía del fútbol frente a injerencias gubernamentales, no habilita a desconocer la normativa nacional.
El artículo 151 de la Ley Orgánica del Deporte aprobada en Ecuador señala que un candidato podrá lanzarse para una reelección al mismo cargo por dos veces consecutivas. Para volver a aspirar al mismo cargo deberá transcurrir un periodo.
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“Los periodos, para los cuales los directivos fueren electos para dirigir sus organizaciones deportivas, serán entre uno y hasta cuatro años de acuerdo a sus estatutos y podrán optar por la reelección inmediata por una sola vez. Para una nueva postulación al mismo cargo deberá transcurrir mínimo un periodo y bajo ninguna figura podrá integrar un cargo en el organismo sin que haya transcurrido al menos un periodo desde la finalización de su cargo”, dice textualmente el apartado.
Este inciso, que está por encima de cualquier normativa FIFA o Conmebol, le impediría a Egas volver a ser candidato a presidente o integrar bajo cualquier figura un directorio postulante. (D)





