La situación institucional de Barcelona Sporting Club atraviesa uno de sus momentos más delicados en los últimos años.
La mañana del martes 10 de febrero, el presidente del club, Antonio Alvarez Henriques, fue detenido en el marco de una investigación de la Fiscalía General del Estado denominada caso Goleada.
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La detención se produjo con fines de formulación de cargos y no fue un hecho aislado. Junto con el titular torero también fueron aprehendidas diez personas más, entre ellas su hermano Aquiles Alvarez, actual alcalde de Guayaquil, y David Alvarez, presidente de la Comisión de Fútbol del club.
Según lo informado por las autoridades, la causa investiga una presunta estructura de delincuencia organizada con fines de lavado de activos y defraudación tributaria.
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La gravedad de los señalamientos ha generado inquietud en el entorno amarillo, no solo por el impacto mediático, sino por las eventuales repercusiones institucionales que podrían derivarse.
En ese contexto, comienza a tomar fuerza entre algunos sectores de socios la posibilidad de analizar mecanismos estatutarios ante lo que podría configurarse como una falta grave contemplada en el estatuto del club.
Mientras el frente judicial se desarrolla, el primer equipo continúa con su preparación para el primer gran reto del 2026: la ida de la fase 2 de la Copa Libertadores ante Argentinos Juniors, prevista para el 18 de febrero en el Estadio Monumental Banco Pichincha.
Un duelo clave para los objetivos deportivos de la temporada, en medio de un escenario institucional que hoy concentra la atención del barcelonismo.
El estatuto de Barcelona SC señala en su artículo 134 que los socios podrán iniciar una revocatoria de mandato si es que se considera que se ha incurrido en una de las “faltas muy graves” dispuestas en el reglamento disciplinario.
Para este fin, según la normativa, se deberá presentar una solicitud al Tribunal Electoral. Luego deberán contar con el apoyo de al menos el 20 % de los socios que se encuentren al día hasta la fecha de remisión.
La resolución de la revocatoria se decidirá en una elección que deberá contar con más del 50 % de los votos para que se produzca.
Como faltas muy graves que provocarían la expulsión como socios y prohibición de ejercer cargos, según el reglamento de disciplina de Barcelona SC, se encuentran las siguientes:
- Comportarse de manera ofensiva, insultante o realizar exposiciones difamatorias de cualquier índole durante el desarrollo de una asamblea general de socios o durante el desarrollo de las sesiones del directorio o cualquier evento organizado por el Club.
- Cometer un acto de violencia o de agresión durante el desarrollo de una asamblea general de socios o durante el desarrollo de las sesiones del directorio.
- Impedir la realización de la asamblea general de socios o de las sesiones del directorio.
- Influir o intentar influir en el desarrollo normal de un proceso electoral interno del club mediante un comportamiento que viole las disposiciones estatutarias de Barcelona Sporting Club, con la intención de obtener una ventaja ilícita para sí mismo o terceros.
- Amenazar, coaccionar o extorsionar por cualquier medio o utilizando cualquier instrumento a los demás socios del club.
- Incumplir cualquiera de las disposiciones establecidas en el Parágrafo IX del Capítulo II del Título III de los Estatutos Sociales.
- Incumplir por parte del directorio predecesor con la entrega al presidente electo o en funciones del informe de labores correspondiente al último ejercicio bajo su administración, en los términos establecidos en los Estatutos Sociales, hasta el día y la hora en que se instale la siguiente asamblea general ordinaria de socios después de concluido el ejercicio de sus funciones.
- Incumplir por parte del directorio predecesor con la entrega de los Libros y Registros previstos en el Título VII del Régimen Documental de los Estatutos Sociales hasta el día y la hora en que se instale la siguiente asamblea general ordinaria de socios después de concluido ejercicio de sus funciones.
- Participar de manera directa o indirecta en la manipulación o adulteración de las bases de datos de socios del club, respecto a su registro, datos personales, antigüedad, entre otros.
- Participar o haber participado en cualquier tipo de acto que menoscabe la imagen del club.
(D)