La proximidad de elecciones de la Federación Ecuatoriana de Fútbol (31 de enero) ha puesto en posiciones contrapuestas a la FEF y la Secretaría del Deporte, ente que hasta el 19 de marzo de 2018 le hacía llegar, a través de Carlos Villacís, presidente de la Ecuafútbol, “el reconocimiento más sentido” por la “valiosa prórroga de un año para que actualicen sus estatutos” las “asociaciones de fútbol, así como los clubes de segunda (...) su comprensión en la materia es digna de aplaudir”.

Pero en la actualidad, la advertencia hecha por Andrea Sotomayor, secretaria del Deporte, a Villacís sobre la situación legal de 17 asociaciones provinciales y dos clubes de serie A (Fuerza Amarilla y Liga de Loja), que les impediría participar en los comicios. Se le comunicó a la FEF: “Se impedirá el registro de la nueva directiva en esta Cartera de Estado y adoptará medidas administrativas en contra de las entidades que sin estar regularizadas y sin derecho a ejercer su voto participen en dicha elección”.

En una carta enviada por Villacís el 23 de enero a Sotomayor, responde: “El art. 7 del estatuto de la FEF –aprobado por el Estado y citado por usted– consagra su autonomía sobre la materia de su competencia, en este caso, sus elecciones”.

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Y cita: “La FEF tiene la obligación de administrar sus asuntos de manera autónoma, sin la intromisión de terceros”. Y recuerda que la FIFA consagra que: “de conformidad con el art. 19 de estos estatutos, administrar sus asuntos de forma independiente y procurar que no se produzca ninguna injerencia por parte de terceros en sus asuntos internos”.

Recalca que el Código Electoral de la FEF, “dictado bajo las directrices de la FIFA (borrador) prohíbe la intervención de los entes gubernamentales, como el caso de la Secretaría del Deporte en su ejercicio”.

Pero Sotomayor rechaza que la Federación califique como “intromisión gubernamental en las elecciones de la FEF” la advertencia hecha.

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Le aclara que “la FEF no es un organismo que ejerce su actividad al margen de las leyes que nos rigen. Todo lo contrario, el propio estatuto de la FEF en el art. 1 reconoce que la Federación siendo autónoma está sujeta a las leyes de la República. Es decir, el principio de autonomía no es una licencia para actuar inobservando la ley y su propio estatuto, sin que dicha prorrogativa comienza y se fundamenta en el reconocimiento, respeto y observancia a la legislación ecuatoriana”.

Sotomayor cita varias normas para “confirmar mi postura acerca de que el principio de autonomía de la FEF está basado en la observancia de la ley y de sus estatutos”.

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Detalla que hay artículos del estatuto de Ecuafútbol que reconocen “la necesidad de que las filiales de la FEF (asociaciones y clubes) cuenten con el registro del directorio emitido por el Ministerio sectorial y que deben mantenerlo vigente durante toda su afiliación”.

“Los pronunciamientos que esta Secretaría ha emitido respecto de la obligación del registro del directorio no reflejan una intención de intromisión en la actividad de la FEF”.

Y concluye: “Zanjada y desvirtuada la inexistente intromisión gubernamental, mal argumentada, debo hacer hincapié en que el principio de autonomía de la Federación no está siendo soslayado”.

En marzo del 2018, Villacís agradeció mediante un oficio, a la Secretaría del Deporte, por “su valiosa aportación del desarrollo institucional de las asociaciones y clubes de segunda categoría por conceder la prórroga de un año para que actualicen sus estatutos”. (D)

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El artículo 1 del estatuto de la FEF indica que la Federación, siendo autónoma, está sujeta a las leyes de la RepúblicaCarta de la Secretaría a Ecuafútbol

La FEF está obligada a informara la FIFA y a la Conmebol sobre cualquier injerencia gubernamental en el proceso electoralMaría Velásquez, secretaria de la FEF