QUITO
.- La definición de que la carga horaria de los profesores sea por horas pedagógicas (45 minutos) será por vía reglamento y no mediante reformas a la Ley de Educación Intercultural.

Así lo confirmó ayer en una entrevista en la Radio de la Asamblea, el presidente del Legislativo, Fernando Cordero (AP), quien señaló que el establecimiento de la carga horaria ya consta en la ley.

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Cordero aseguró que el exhorto al Ministerio de Educación que aprobó el pleno, la noche del jueves, tiene como objetivo la implementación de una reglamentación para regular este tema.

Con esto es incierto si los proyectos interpretativos a la ley presentados por los asambleístas Jorge Escala (MPD) y Edwin Vaca (AL) serán tramitados por el organismo.

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Según el documento del Parlamento, el Ministerio de Educación debería a través de un acuerdo ministerial regular las seis horas pedagógicas diarias, considerando que los periodos de clases serán de 40 a 45 minutos.

Además de que las horas complementarias que constan en el artículo 117 de la Ley Orgánica de Educación Intercultural serán definidas por la junta de directivos y docentes de la institución educativa en horarios flexibles dentro o fuera del establecimiento educativo, de acuerdo con sus necesidades y de la comunidad educativa en el marco del proyecto educativo institucional.

Los colegios especiales y nocturnos serán tomados como casos especiales.