El jueves pasado el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social entregó a la Comisión Legislativa la primera de las tareas que le ordena la Constitución: el proyecto de Ley Orgánica que regulará su funcionamiento y organización.
A fines de esta semana estará listo el reglamento para conformar las comisiones ciudadanas que deberán designar a los titulares de la mayoría de organismos de control.
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¿Cómo se plantea en la Ley Orgánica que debe funcionar el ‘Quinto Poder’?
Lo primero que hemos propuesto, como lo pidió la ciudadanía en los 26 talleres que hicimos en el país y los virtuales con 2.000 migrantes, es que el Consejo funcione en forma desconcentrada, por provincias o por regiones, para que la ciudadanía sienta un ente más cercano en participación y lucha contra la corrupción.
¿Qué delitos podrán denunciar los ciudadanos ante estos entes descentralizados?
Dos cosas específicas: los delitos de corrupción, que antes solo se tramitaban en Quito, y exigir el cumplimiento de los nuevos derechos que establece la Constitución como presupuestos participativos, planificación participativa y la silla vacía: un representante de la ciudadanía debe tener asiento en las sesiones de todos los gobiernos autónomos. Aún debe ser regulado, pero seremos los garantes de que se cumpla.
¿Quiénes pueden conformar las comisiones ciudadanas que designarán las autoridades de control?
Esta semana vamos a hacer el reglamento e instructivo de elección. Estas deben ser conformadas por representantes de los cinco poderes del Estado y cinco ciudadanos postulados por la ciudadanía o los movimientos sociales.
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¿Qué requisitos se deben cumplir para postularse?
Ser mayor de 18 años, gozar de sus derechos políticos y acreditar probidad notoria. Si hay más requisitos lo decidiremos en el pleno esta semana.
¿Cuántas comisiones son?
Siete, una por cada autoridad (Defensor del Pueblo, Defensor Público, Contralor, Fiscal) y por cada cuerpo colegiado: el nuevo Consejo Nacional Electoral (CNE), el Tribunal Contencioso Electoral y el Consejo de la Judicatura. Se tiene que designar a los titulares de tres superintendencias y de la Procuraduría, de ternas que nos envía el Ejecutivo. En este caso lo que compete al Consejo es hacer el proceso de veeduría ciudadana e impugnación de esas ternas y designar a la persona que pasa el proceso.
¿Cómo evitar la politización de los organismos de control?
Una forma es la conformación de este Consejo y de las comisiones ciudadanas. ¿Cómo se legitima la independencia político partidista de este Consejo? Porque no fuimos puestos a dedo como sí ocurría con la Comisión de Control Cívico contra la Corrupción. Ahora ya no elige el Ejecutivo y ratifica el Legislativo.
¿Cuándo se va a nombrar el Consejo definitivo?
Según la Constitución debe ser electo por un concurso llevado por el CNE definitivo, el cual va a ser designado por la comisión ciudadana que se va a conformar con el reglamento de este Consejo transitorio.
¿Le parece que los legisladores pusieron todo muy difícil?
Sí y nos toca estar leyendo las leyes... Pero permite desconcentrar el poder.