La norma podría dar paso a la despenalización del tráfico y la tenencia de esas sustancias.

En el apartado que se refiere a la Salud, dentro del Régimen del Buen Vivir, el proyecto de Carta Magna plantea un artículo por el cual se declara a las adicciones (ya sean de alcohol, tabaco o drogas) como un problema de salud pública y se prohíbe su “criminalización”.

El art. 364 dice, textualmente, lo siguiente: “Las adicciones son un problema de salud pública. Al Estado le corresponderá desarrollar programas coordinados de información, prevención y control del consumo de alcohol, tabaco y sustancias estupefacientes y psicotrópicas; así como ofrecer tratamiento y rehabilitación a los consumidores ocasionales, habituales y problemáticos”.

Publicidad

Agrega que “en ningún caso se permitirá su criminalización ni se vulnerarán sus derechos constitucionales”.

Asambleístas de oposición como Vicente Taiano (Prian) y Diana Acosta (antes de PAIS) sostienen que ese texto legaliza el consumo de drogas.

Acosta y Taiano explican que, con tal norma constitucional, ya no sería delito que cualquier persona llevara en sus bolsillos o en su cartera drogas o que las consumiera en público.

Publicidad

“Podría pedir un  certificado de cualquier médico o psicólogo que diga que es adicto; así, de cierta manera, están despenalizando la tenencia, la compra y la producción”, dice Taiano.

“Es algo terrible. Si se aprueba este proyecto podremos decir que la droga ya es de todos. Ahora los padres no podrán prohibir a sus hijos drogarse porque es constitucional. Esto es nefasto”, afirma Acosta.

Publicidad

La Ley de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas vigente penaliza el tráfico, la producción y la tenencia, pero no el consumo de drogas (sea o no con fines terapéuticos).

Esto, a criterio del jurista José de la Gasca, especializado en Derecho Penal, es una contradicción porque el consumo es solo parte de una cadena.

Para que la droga llegue a manos del consumidor, este tiene que comprarla en algún lado o producirla o llevarla consigo.

De la Gasca piensa que el texto constitucional propuesto podría modificar la interpretación de normas penales existentes en beneficio de las personas con alguna adicción.

Publicidad

Así, el Código Penal vigente declara como “agravante” en el cometimiento de delitos al estado de embriaguez (y de consumo de drogas); es decir que las penas especificadas para las infracciones es mayor.

Si ya no se criminaliza la adicción o el consumo habitual de estupefacientes, el acusado puede recibir penas inferiores.

El mismo Código indica que un adicto (al igual que un demente, por ejemplo) no es  sujeto de responsabilidad penal.

La asambleísta Betty Tola (PAIS), miembro de la mesa 7 de Régimen de Desarrollo que redactó ese texto, sostiene que el espíritu de la norma apunta a obligar al Estado, a través de sus ministerios y organismos especializados, a desarrollar políticas públicas de rehabilitación para los consumidores de drogas y protegerlos de la discriminación o de la violencia.

La disposición atiende a una problemática que no existía hace diez años cuando se redactó la Carta Magna vigente.

La adicción a las drogas ya fue declarada como un problema de salud pública por la Organización Mundial de la Salud actualmente, pero el Estado no tiene ninguna estrategia de prevención, comenta ella.

APUNTES: Consumo

Estudio
La Oficina de Naciones Unidas contra las Drogas efectuó un estudio de consumo de drogas entre 600 mil personas de la región.

Edades
Según ese documento, la edad promedio para el inicio de consumo de marihuana es de 19 años. En el caso de la cocaína es de 16.
En cuanto a los drogas lícitas (alcohol y tabaco), el promedio es de 17 años.