Ya sabemos que los problemas judiciales del ex presidente Noboa se originaron en otra cuestión política. Y que, probable o seguramente, el hambre y la sed persecutoria de ese entonces no se haya saciado todavía. Pero lo que puntual y principalmente ocurre ahora respecto a su prisión domiciliaria, es que Noboa es víctima de haber sido metido, utilizado como comodín, en el combo que astutamente armó el Pichi Castro para traer a Abdalá Bucaram.

Dejémonos de medias tintas y digamos las cosas como son: a Gustavo Noboa se lo mantiene bajo arresto domiciliario de modo arbitrario, injurídico, groseramente inconstitucional, por la necesidad política de sustentar la fallida orden de arresto que los “forajidos” y muchos otros ciudadanos exigían dictar y ejecutar en contra de Abdalá Bucaram. Lo ha reconocido el propio Ministro de Gobierno en su lavamanos justificatorio de la orden de prisión que mantiene contra Noboa, al decir que nadie lo cuestionó cuando dispuso la prisión de Bucaram.

Como ahora estamos nuevamente en proceso de retorno al Estado de Derecho, en el que aún no aterrizamos del todo, la Constitución está vigente... en tanto y en cuanto no se oponga a los fines de la dictablanda, como es usual en estos trances. Por eso se dan barbaridades jurídicas. Como aquella de que el Congreso creara tribunales supremos especiales, que fallidamente pretendió el mismo Ministro de Gobierno, según denunciaron luego algunos congresistas, con el fin confesado de poder enjuiciar de inmediato a Lucio, sin perjuicio de otros fines inconfesados. Y como esta otra, de hecho consumada solo en la persona de Gustavo Noboa, de practicar arrestos sin orden judicial, y peor aún, contra orden judicial vigente que conlleva la libertad.

Sí, digamos las cosas como son. Digamos lo que es jurídicamente correcto, aunque sea políticamente incorrecto: que la cuestionada disposición judicial del Pichi Castro está vigente. No lo niega ni siquiera la señora Fiscal, quien no como juez ni como miembro de la Función Judicial, que no lo es, sino como parte actora en el correspondiente incidente judicial, solo dice que aquella disposición del Pichi Castro “no está ejecutoriada” porque ha sido apelada, lo cual implica que necesariamente existe, que está vigente. ¿Y qué dice la contraparte? Dice que aquella disposición judicial vigente está ejecutoriada y que, aunque no lo estuviera por haber sido apelada, se mantiene la libertad “sin perjuicio de cualquier consulta o recurso pendiente”, como dispone y garantiza el artículo 24 numeral 8 de la Constitución.

Entonces salta otra pregunta: ¿está realmente vigente la Constitución? Pregunta cuya respuesta me anticipé a expresarla en líneas anteriores; sí, está vigente... en tanto y en cuanto no se oponga a los fines de la dictablanda. Por eso, acatando arbitrariamente la mera opinión de la parte acusadora, encarnada por la señora Fiscal, y desoyendo la opinión de la contraparte que defiende su libertad constitucional, el Ministro de Gobierno, recordando que hubo multitudes que clamaban para que se arreste a Bucaram... ordenó que se prive también de su libertad a Gustavo Noboa, por estar metido en el combo. Por eso no entiende o no quiere entender que ahora le reclamen por la prisión de Noboa, groseramente inconstitucional.

Así que ya lo sabemos: por el momento la justicia se hace según el griterío y las discriminadas conveniencias políticas. Por eso hay algunos gritos que la dictablanda secunda, en tanto hay otros que le es mejor olvidar, como aquel de “que se vayan todos”. Y también sabemos que por el momento no hay cómo considerar que el caso de Gustavo Noboa es judicialmente distinto, muy distinto, por el fondo y por la forma, a los demás. Primero tendrá el Ecuador –¿será posible?– que volver plenamente al Estado de Derecho y tener una Corte Suprema de Justicia verdaderamente independiente.