No tengo el honor y la satisfacción de conocer a los asambleístas de Loja, ni tampoco a los asambleístas de El Oro por lo que, con respeto y aprecio, les dirijo estas líneas, en la seguridad de que valoren y acojan este pedido para bien de la frontera sur de la patria.

En el anterior periodo, la Asamblea Nacional aprobó en forma inconstitucional una Ley Orgánica de Participación de Rentas para la provincias de Manabí, Santa Elena y Los Ríos, intención digna de aplauso pero que en cumplimiento de la carta magna fue vetada por el presidente.

Este antecedente me permite solicitar al señor presidente de la República, Daniel Noboa, que se digne presentar a la Asamblea Nacional un proyecto de Ley Económica Urgente para aplicar la Ley Orgánica de Desarrollo Fronterizo aprobada por la Asamblea Nacional recién en sesión del 3 de mayo de 2018, la cual había sido objetada totalmente por el presidente constitucional de la República el 25 de febrero del 2012 y que, lastimosamente, jamás se la ha puesto en vigencia.

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El artículo 249 de la Constitución de la República tiene como propósito superar la desatención y abandono de que han sido objeto, históricamente, las poblaciones fronterizas, y que esta atención preferencial implica una serie de medidas de acción afirmativa, las cuales deben estar expresamente reguladas y definidos los responsables en todos los niveles de gobierno; con más razón ahora que estamos pagando con alto sacrificio por el cierre de la frontera sur ante supuestos de inseguridad, por lo que es necesario compensar la falta de comercio, turismo y trabajo con obras que ayuden a mitigar el hambre y la miseria de las poblaciones fronterizas. Además, la desaparición del Instituto Ecuatoriano de Crédito Educativo (IECE) permite que los valores del 0,5 % descontados a los servidores públicos y a los trabajadores públicos y privados se encuentren sin ningún fin específico.

Amparado en el artículo 66 de la Constitución que me permite el derecho de petición y en el artículo 303 de la Constitución de la República que determina que la formulación de las políticas monetaria, crediticia, cambiaria y financiera es facultad exclusiva de la Función Ejecutiva, me permito solicitar al presidente Noboa que remita a la Asamblea y a los legisladores de las provincias de Loja y de El Oro para que la respalden, un proyecto de ley económica urgente para que el 0,5 % de la recaudación o descuento a los ingresos de los trabajadores y empleados tanto públicos como privados, que realiza el IESS por concepto de prestación de servicios, que antes financiaba al IECE, sea asignado a los GAD de las parroquias y cantones de las provincias de Loja y El Oro que están dentro de los 40 km de la línea de frontera como lo dispone la Constitución y a las prefecturas de las mismas provincias, para que sea invertido exclusivamente en obra pública o proyectos de inversión, como reconocimiento a la sagrada misión de los pueblos de frontera de cuidar la patria. (O)

Alfredo Suquilanda Valdivieso, doctor en Jurisprudencia, Quito