Para enfocar tan delicado e importante tema sobre Olmedo y la constitución guayaquileña, expondré, brevemente, antecedentes de los derechos de autor que existieron 330 a. C. La legislación española dictó la real cédula de 1763 (Carlos III), otorgando privilegio exclusivo para imprimir una obra posiblemente derivada de la Ley de Fomento de Aprendizaje (Inglaterra, 1710). En nuestro medio tuvieron vigencia en 1835 (artículo 99).

El Convenio de Berna (1971) diferencia lo que es un autor de un coautor, conlleva requisitos: aporte creativo que aumenta el valor de la obra, aporte identificable y más; no así un colaborador, ayudante o técnico. Sobre tan aquilatado documento no hay verificación asegurando o negando coautoría, sino suposiciones. Por ello refiero ciertos hechos: Olmedo, en 1820, ya tenía experiencia legislativa, representó a Guayaquil en Cádiz (1811–14), identificándose con principios republicanos de libertad, justicia, democracia, división del poder político; constantes en las posteriores constituciones en que intervino: Guayaquil, Perú, Riobamba, Ambato, Cuenca. Y como posibles coautores en su redacción, se menciona a José de Antepara y Luis Fernando Vivero. Don Guillermo Arosemena manifiesta: “De la primera sesión de la junta electoral hay una comunicación del 8 de noviembre de 1820, único documento encontrado, firmada por Olmedo, presidente, y José María Antepara, secretario; en ella se informa de las decisiones tomadas”. Continúa: la primera, provisional, nombró presidente a Gregorio Escobedo y secretario a Luis Fernando Vivero, gran jurista. Vivero también fue aludido por Destruge (página 343) como “secretario el 12–febrero–1821″. Antepara, aventurero ilustre (Miranda y la emancipación suramericana, una sola nación), comerciante, partidario de la libertad de América india, sin experiencia parlamentaria; no abonaría como coautor, sino posiblemente como colaborador. Vivero, connotado letrado concuñado del general Villamil, colombianófilo, no intervino en las sesiones del 9 de octubre de 1820, y del 8 y 11 de noviembre de 1820, aprobando el Reglamento, aventurándome a indicar su no simpatía con el artículo 2 constitucional; Guayaquil como estado podía asociarse acorde a sus intereses, incluso firmó la petición del 12 de julio de 1822 (Destruge), dirigida al Libertador solicitando la anexión a Colombia, perdiéndose la gesta gloriosa. Próximo el aniversario del 11 de noviembre de 1821, bosquejo dicha opinión preliminarmente, faltando investigaciones. (O)

Regina Zambrano Reina, doctora en Jurisprudencia, Guayaquil