Aplicando el Habeas Corpus preventivo un Tribunal de la Corte Nacional de Justicia revocó la orden de prisión preventiva a un prófugo de la justicia procesado por el presunto delito de Lavado de activos en la desaparecida Cooperativa de Ahorro y Crédito Coopera intervenida en el año 2013.

La orden emitida por los jueces nacionales debe ser ejecutada por el Tribunal de Garantías Penales del Azuay en una audiencia que se prevé realizar esta semana.

En junio pasado la presidenta del Consejo de la Judicatura, María del Carmen Maldonado, sostuvo en una entrevista a Diario EL UNIVERSO que esa figura es inexistente en la justicia ecuatoriana. 

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Marcelo Enrique V.V. es el empresario cuencano que se benefició del Habeas Corpus preventivo. Es uno de los nueve procesados del Caso Coopera en el que según una investigación de la Fiscalía se hicieron transacciones injustificadas por $ 35´372.937. Fue llamado a juicio, pero salió del país y fue considerado como prófugo.

En 2018, Marcelo Enrique V.V. solicitó una revocatoria de la prisión preventiva y un Habeas Corpus aludiendo que no ha podido ejercer su derecho a la defensa en libertad lo que lo ha forzado a vivir en el exilio. El pedido fue negado en dos ocasiones por improcedente.

El 30 de octubre el Tribunal de Garantías Penales del Azuay integrado por los jueces Guido Naranjo, Patricia Novillo y Carmita Campoverde negó la revocatoria por considerarla ilegal e inconstitucional.

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Mientras que el 7 de diciembre la Sala de lo Civil y Mercantil de la Corte Provincial del Azuay integrado por Rosa Zhindón, Gustavo Almeida y Martha Guevara negó el Habeas Corpus a favor de Marcelo V.V.  Ellos consideraron que, según consta en la sentencia “Existe una orden de prisión preventiva legitima dictada por autoridad competente, por lo que no se puede calificar de exilio forzoso, sino de una decisión personal del accionante”.

Inconforme con esta decisión Marcelo Enrique V. V. apeló la decisión a la Corte Nacional de Justicia y el Tribunal conformado por Miguel Jurado Fabara (ponente), Luis Enríquez Villacres y Marco Rodríguez Ruiz, aceptó la apelación y dispuso a la Sala de lo Civil y Mercantil “Devolver el proceso al inferior, a fin de que, por medio del juzgador de la instancia competente se sustituya la prisión preventiva por las medidas cautelares personales que considere pertinentes”, según consta en la hoja 12 del fallo dictado el 29 de enero de este año.

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Además, en la sentencia escrita por el Juez ponente se lee lo siguiente: “Resulta apropiado al caso en concreto la aplicación de un habeas corpus preventivo, en el que se precautele la amenaza de privación de libertad arbitraria (…)”.

De esta manera Marcelo Enrique V.V. quedaría en libertad con la obligación de presentarse a la audiencia de juicio que está suspendida desde 2014 porque los procesados huyeron del país. 

Para Gustavo Quito, abogado defensor de un grupo de depositantes perjudicados de Coopera, el pedido de Marcelo Enrique V.V. es una burla a la justicia porque la figura legal de Habeas Corpus preventivo no existe en términos jurídicos y abre la puerta para que prófugos de cualquier delito regresen al país como si nada hubieran hecho.

“Como no tiene orden de captura se va a reír, no va asistir al juicio y la gente perderá definitivamente su dinero”, aseguró.

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Quito compara esta decisión con la tomada por los jueces Manuel Suárez Capelo, Demóstenes Díaz Ruilova y Olga Aguilera Romero, miembros de la Sala Especializada de lo Penal del Guayas, quienes otorgaron a los hermanos William y Roberto Isaias una medida similar pero luego fueron destituidos por haber incurrido en la figura de error inexcusable.

Además duda de la probidad del juez Luis Enríquez porque con su voto se sustituyó la prisión preventiva para el exsecretario jurídico del Gobierno anterior, Alexis Mera, por las medidas de arresto domiciliario, prohibición de salida del país y el uso de grillete electrónico. Mera es investigado por los supuestos delitos de cohecho, asociación ilícita y tráfico de influencias por el caso Arroz Verde, ahora llamado Sobornos 2012 - 2016. 

Por este fallo el pleno del Consejo de la Judicatura dispuso el trámite de la queja interpuesta por las autoridades de la Fiscalía, la Procuraduría y la Contraloría General del Estado en la que se pide su destitución.

Según las investigaciones realizadas por la Fiscalía, entre octubre del 2012 y mayo del 2013,en Coopera se efectuaron 84 transacciones inusuales e injustificadas por $ 35’372.937 a las cuentas de 12 empresas de “papel”, a través del Sistema Unitario de Compensación Regional Sucre.

En la audiencia de juzgamiento la Fiscalía comprobó que estas empresas fueron abiertas en Coopera con firmas falsificadas. Además, que 10 empresas fueron constituidas con documentación falsa.

Estas empresas recibieron el dinero por el supuesto pago de exportaciones de químicos y maquinaria hacia Venezuela. En las investigaciones se evidenció que estos productos no se elaboran en el país. Estos eran supuestamente vendidos a precios sobrevalorados.

El Caso Coopera también fue juzgado por peculado y siete acusados fueron sentenciados a ocho años de reclusión mayor ordinaria el 11 de junio del 2014. De acuerdo con las investigaciones de la Fiscalía existió un mal manejo del dinero de los cerca de 130.000 socios lo que causó su cierre en junio del 2013. Según los informes de auditoría las pérdidas fueron de alrededor de $ 45 millones.     (I)