Cinco competencias principales tiene el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social.

Los siete consejeros que resulten elegidos el próximo domingo 24 de marzo deberán cumplir con los siguientes postulados principales:

  • Promoción de la Participación
  • Control Social
  • Rendición de Cuentas
  • Fomento a la Transparencia y Lucha Contra la Corrupción
  • Selección y Designación de Autoridades

Las atribuciones del Cpccs que constan en la Constitución son doce. Entre ellas designar al procurador y a los superintendentes de las ternas propuestas por el presidente; y a la primera autoridad de la Defensoría del Pueblo, Defensoría Pública, Fiscalía y Contraloría; así como a los miembros del Consejo Nacional Electoral, Tribunal Contencioso Electoral y Consejo de la Judicatura; también promover la participación ciudadana e investigar y elaborar informes sobre denuncias de corrupción.

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Esta entidad pública fue creada en la Constitución de la República (2008) y forma parte de la Función de Transparencia y Control Social. Se la creó con la intención de promover los derechos de participación, que, según mandato constitucional, trabaja en la promoción y garantía de la participación ciudadana, control social y rendición de cuentas, en la lucha contra la corrupción y el combate a la impunidad, y en liderar los procesos de designación de autoridades seleccionadas a través de procesos inclusivos y transparentes.

El actual Consejo de Participación Transitorio, encabezado por Julio César Trujillo, evaluó y cesó a 27 autoridades que pertenecían a nueve entidades del Estado, durante los primeros seis meses de gestión, como lo ordenó la consulta popular del 4 de febrero de 2018.

Después de eso designó a 19 titulares de tres instituciones: los cinco vocales del Consejo de la Judicatura (CJ), cinco del Consejo Nacional Electoral (CNE) y nueve jueces de la Corte Constitucional (CC). En todos los casos con sus respectivos suplentes.

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La elección del nuevo Fiscal General está por culminar. (I)