Desde ayer, las personas naturales o sociedades que comercializan combustibles líquidos derivados de hidrocarburos y biocombustibles están obligadas a emitir comprobantes de venta, retención y documentos complementarios bajo el esquema electrónico del Servicio de Rentas Internas (SRI).

Para cumplir la disposición, estos contribuyentes deben implementar herramientas tecnológicas para la generación, firma y envío de comprobantes electrónicos, o podrán usar las gratuitas que el SRI pone a su disposición.

Desde el 2013 hasta el 30 de noviembre de 2018, la institución ha recibido más de 6.000 millones de comprobantes bajo el esquema electrónico.

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El SRI recordó que el Código Tributario vigente establece sanciones por la inobservancia de normas y disposiciones reglamentarias.

Los distribuidores de combustibles también tendrán que realizar cobros, en los próximos días, a través de tarjetas prepago para concretar la compensación que se debe hacer en favor del taxismo y posiblemente del transporte público a diésel y pesado.

Esto luego de que a fines de diciembre se emitió un decreto ejecutivo ajustando el subsidio a gasolinas eco y extra. (I)