(Actualizado a las 22:30)

La Sala Contencioso Tributario de la Corte Nacional de Justicia, integrada por Ana Crespo, Darío Velasteguí y José Terán, con criterio unánime declaró este viernes sin lugar la demanda de impugnación presentada por la Federación Nacional de Cámaras de Comercio y la Cámara de Comercio de Guayaquil (CCG) a la tasa de servicio de control aduanero; y ratificó su legalidad y legitimidad.

La tasa de servicio de control aduanero de $ 0,10 por unidad importada la aplica Ecuador desde noviembre de 2017 a través del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (Senae).

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Durante la audiencia de impugnación los gremios empresariales pidieron que se declare ilegal a la resolución que dio paso a la tasa, pues adujeron que no hay contraprestación de servicio; mientras, la Aduana justificó su legalidad y planteó que se deseche la demanda.

Luego de un receso tras la presentación de los alegatos de las partes, Crespo explicó, citando leyes y procedimientos reglamentarios, que para la emisión de la tasa se contempló esa normativa, por lo que no se ha transgredido el principio de legalidad.

Conocida la resolución judicial, Gabriela Uquillas, asesora aduanera de la CCG, dijo que de ser necesario presentarán un recurso de casación una vez que sean notificados, por escrito, con la sentencia.

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Para Patricio Alarcón, presidente de la Federación de Cámaras de Comercio, la Aduana no ha dado a conocer el detalle del control que están realizando y se preguntó para qué están utilizando los $ 128 millones que sería el monto anual previsto como recaudación.

Según Luis Rocha, director jurídico del Senae, se descarta que se vaya a dejar sin efecto la tasa aduanera.

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A nivel internacional, la Comunidad Andina (CAN) suspendió los efectos de la resolución que calificó a la tasa como gravamen y dio plazo para que se la retire. Esa suspensión será hasta que emita la resolución definitiva sobre el recurso de reconsideración del país. (I)