El Consejo de Regulación de la Comunicación (Cordicom) emitió un nuevo reglamento para la calificación de proyectos comunicacionales para la asignación de frecuencias de radio, televisión y servicios de audio y video; y estableció la función de un medio oficial.

Esta nueva normativa divide a los medios de comunicación en televisión privada, televisión pública, televisión pública oficial, televisión comunitaria; radiodifusión sonora, radio pública, radio pública oficial, radios comunitarias, radios musicales y temáticas especializadas, y también radios temáticas o especializadas.

Según el Cordicom, la televisión y radio públicas oficiales deberán ser constituidas de acuerdo con los requerimientos de los administrados y destinarán contenidos relacionados con “la transparencia y rendición de cuentas de la gestión”.

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Para calificar su proyecto comunicacional, y que pueda acceder a una frecuencia del espectro radioeléctrico estatal, deben contener programas que fomenten la deliberación pública, con temas de interés general, con los sectores de su territorio, “con su propia voz, lengua, símbolos y señas”, entre otros requisitos.

El Consejo de Regulación definió también a los medios privados como aquellos que ejercen la comunicación con “responsabilidad social”, encaminada a ejercer una comunicación “para el buen vivir”.

Para calificar estos proyectos, se observarán contenidos que promuevan la participación social, la garantía de derechos, la democratización, la pluralidad, diversidad, e interés por los menores de edad.

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Este proceso –que se calificará sobre 50 puntos– permitirá a la ciudadanía denunciar al solicitante de la frecuencia, si creen que está incumpliendo los objetivos del proyecto.

En noviembre de 2013, el organismo de comunicación aprobó un primer reglamento para calificar proyectos comunicacionales de quienes solicitan frecuencias, pero fue derogado para emitir esta nueva norma a finales de junio. (I)