Los representantes legales y accionistas que tengan el 12% o más del capital de las compañías de seguros deberán responder con sus patrimonios si no pagan las obligaciones que tengan en caso de que estas empresas entraran en procesos de liquidación, según lo establece el Código Monetario aprobado este martes pasado por la Asamblea Nacional.

Ese cuerpo legal apunta también a una reducción en el número de empresas de seguros, ya sea mediante fusiones o la desaparición de aquellas que no puedan incrementar sus capitales según las nuevas exigencias aprobadas, señalan empresarios del sector, analistas y asambleístas.

Luis Cabezas-Kler, presidente de la Cámara de Compañías de Seguros del Ecuador, calificó como un error la obligación que establece el texto (por publicarse en el Registro Oficial) de “que los representantes, vocales de directorio y accionistas con 12% o más de participación en el capital sean responsables personal y pecuniariamente por el déficit que se determine para cubrir los pasivos de la entidad en liquidación”.

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Además, la nueva Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros podrá ejercer la coactiva para cobrar las pérdidas patrimoniales de las empresas de seguros, señaló.

Cabezas-Kler resaltó que en el proyecto original se planteaba que esas responsabilidades se asumían como consecuencia de actos dolosos, pero en el veto se retiró esa condición, con lo que se estaría vulnerando el debido proceso y el derecho a la defensa, pues “los accionistas y administradores deberían responder con sus bienes si cometieron dolo”. Agregó que un déficit puede crearse por factores exógenos y no solo por mala administración de la compañía. Por ejemplo, dijo, como producto de enfrentar un desastre natural.

Con la vigencia del Código también se elevan las exigencias de capital pagado mínimo. Para constituir compañías de seguros será de $ 8 millones y de reaseguros de $ 13 millones. La ley de seguros vigente, en cambio, determina un mínimo de $ 460.057,50 para constituir las aseguradoras y de $ 920.115 para las de reaseguros.

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Eduardo Peña, empresario del sector, señaló que estos requerimientos no tienen relación con la realidad del país. Agregó que en mercados más grandes, como Colombia y Perú, el capital mínimo bordea los $ 5 millones.

Patricio Salas, secretario ejecutivo de la Federación de Seguros del Ecuador (Fedeseg), considera que los accionistas de algunas compañías verán los nuevos requerimientos de capital como una oportunidad para compras o fusiones.

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Ximena Ponce, asambleísta de PAIS, dijo que el Código establece más exigencias a las instituciones de seguros y puede ocurrir que empiecen no solo a desaparecer, sino también a fusionarse para lo cual el código contempla normas que dan tranquilidad a la ciudadanía.

Agregó que los empresarios que quieran constituir una empresa de seguros deberán hacerlo de forma responsable.

Reformas
Código monetario

Plazo
El Código prevé 18 meses de plazo para que las empresas del sector de seguros se ajusten a las reformas. La Junta de Regulación Monetaria podrá ampliar ese plazo hasta por 18 meses por una sola vez.

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