El contenido de la denuncia por presunto linchamiento mediático que presentó la exministra de Educación del gobierno de Abdalá Bucaram, Sandra Correa, contra el periodista Diego Oquendo, no se entregó al acusado en su totalidad.

Correa presentó el documento original a la Superintendencia de Comunicación (Supercom) el 24 de octubre del 2013. Cuatro meses después (el 28 de febrero pasado), el organismo le permitió presentar una ampliación que fue aceptada a trámite porque cumplía con los requisitos establecidos en el reglamento para el tratamiento de quejas y denuncias de la Ley de Comunicación.

El lunes pasado se realizó la audiencia. En ella, el abogado de Oquendo, Juan Pablo Albán, expuso que se les hizo una notificación “diminuta” y que el contenido de la “denuncia original” no se conocía, “afectando el ejercicio del derecho de defensa”, anotó Albán.

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La providencia con la que se convocó a la diligencia del lunes fue emitida el 8 de abril y, según Albán, en esta no se explicó cuáles fueron los argumentos tomados del artículo 26 de la Ley de Comunicación sobre el linchamiento mediático que sustentaron la admisión a trámite de la demanda. Pero sí reseña que la queja contra los diarios Hoy y El Comercio por publicaciones de 1996 y del 2012 no fue admitida porque la ley no es retroactiva.

Esto motivó que la accionante pida la nulidad de la providencia, ya que sin la inclusión de los diarios se le “quita el carácter de denuncia”, pues el linchamiento mediático se define como la divulgación de información “de forma concertada y publicada reiterativamente”.

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Días laborables

le da la Ley de Comunicación a la Superintendencia para emitir un fallo; por el feriado, esto se cumple el lunes.