Un Tribunal de Guayaquil dispuso al Municipio retirar los sellos de clausura del casino Club del Sol, ubicado en la avenida Juan Tanca Marengo y avenida Constitución.
Semanas atrás, el Municipio colocó sellos de clausura al local debido a que no contaba con la Licencia Anual de Funcionamiento de Establecimientos, requisito obligatorio para el desarrollo de actividades económicas dentro del cantón.
El casino era impulsado por la Fundación Ecuatoriana de Fibrosis Quística.
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Tras la decisión de la Alcaldía, la fundación presentó una demanda contra el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Guayaquil, proceso que fue conocido por el Tribunal Distrital de lo Contencioso Administrativo con sede en Guayaquil.
Al conocer la decisión del tribunal, la Alcaldía de Guayaquil expresó su desacuerdo con esta resolución, al considerar que la actuación municipal se fundamentó en el principio de legalidad y en la verificación del incumplimiento de un requisito administrativo obligatorio como es la Licencia Anual de Funcionamiento, exigida a todos los establecimientos que desarrollan actividades económicas en la ciudad.
La Municipalidad indicó que existe un pronunciamiento de la Procuraduría General del Estado que establece que la prohibición derivada de la consulta popular del 7 de mayo de 2011, recogida en el artículo 236 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), se aplica a negocios de juegos de azar cuando existe finalidad de lucro, como casinos o casas de apuestas.
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“El cabildo reafirma que sus acciones de control responden a su obligación de garantizar el cumplimiento de la ley y de las normas municipales que regulan el funcionamiento de establecimientos en la ciudad”, indicó.
La clausura municipal se conoció luego de que se viralizó un video de la operación de este local.
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A mediados de febrero, la Fundación Ecuatoriana de Fibrosis Quística, institución sin fines de lucro, indicó que constituyó el Club del Sol como un centro de juegos destinado a fortalecer el financiamiento de sus programas sociales y médicos.
La organización indicó que en el Ecuador la normativa vigente autoriza y regula que las entidades sin fines de lucro desarrollen actividades destinadas a generar recursos para el cumplimiento de sus fines sociales. Y, en ese marco, el artículo 236 del Código Orgánico Integral Penal establece que las entidades sin fines de lucro y de beneficencia pública pueden establecer juegos de azar en el país, conforme a la regulación correspondiente. (I)





