El COE de Guayaquil dispuso nuevas normas para la ciudad tanto a nivel comercial como de circulación vehicular. En el primer aspecto, centros comerciales, oficinas y entidades ajustaron sus horarios de atención al público para terminar la jornada a las 16:00.
Estas medidas se tomaron con el objetivo de reducir los contagios de COVID-19 en la ciudad y evitar el aumento de hospitalizaciones.
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A nivel de circulación o movilidad estos son los aspectos que debe tener en cuenta entre el 31 de marzo y el 10 de abril:
Horario permitido de circulación vehicular particular dentro de la ciudad: de 05:00 a 19:00
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Restricción de circulación vehicular particular dentro de la ciudad: de 19:00 a 05:00
Restricción por placas es en la red vial estatal:
- Jueves 1 de abril desde el mediodía no pueden circular vehículos con placas impares.
- Viernes 2 de abril está prohibido que circulen placas pares todo el día.
- Sábado 3 de abril está prohibido que circulen placas impares todo el día.
- Domingo 4 de abril está prohibido que circulen placas pares todo el día.
Excepciones a la restricción vehicular: transporte de alimentos, salud y atención de sectores estratégicos, transporte desde y hacia el aeropuerto, transporte público y las que considere la Agencia de Tránsito y Movilidad (ATM).
Horario de transporte público (taxis, buses, Metrovía) dentro de Guayaquil: no cambiará, mantendrán su horario.
Funcionamiento de las terminales terrestres y aeropuerto en Guayaquil
La terminal terrestre de Guayaquil funcionará desde las 04:00 hasta las 00:00, mientras que la de Pascuales el horario de atención es de 05:30 a 19:00.
En lo referente a la terminal de Cargas y Encomiendas, esta funcionará de lunes a sábado de 07:00 a 19:00.
El COE nacional estableció que el transporte intra e interprovincial se sujete a la restricción por el último dígito de placa y que se cumplan el 50% de las frecuencias y el 75% de aforo.
El aeropuerto se encontrará operativo para la recepción y salida de pasajeros, se debe presentar ticket original o copia de viaje durante los horarios de restricción. (I)