Después de varios intentos fallidos de cobro, la Autoridad de Tránsito Municipal (ATM) ha hecho uso del artículo 281 del Código Orgánico Administrativo para ejecutar medidas cautelares que obliguen a los infractores a pagar sus multas pendientes.
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Medida se aplica para infractores que no han cancelado multas de tránsito en Guayaquil desde el 2015. Coactivados de 2019 recibieron plazo de 3 meses.


Después de varios intentos fallidos de cobro, la Autoridad de Tránsito Municipal (ATM) ha hecho uso del artículo 281 del Código Orgánico Administrativo para ejecutar medidas cautelares que obliguen a los infractores a pagar sus multas pendientes.
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