Acusado del supuesto delito de “incumplimiento de decisiones legítimas de autoridad competente”, Carlos Villacís, presidente de la Federación Ecuatoriana de Fútbol (FEF), podría afrontar luego de 90 días, sucesivamente, audiencias de dictamen y preparatoria de juicio.

Si el directivo recibiera una sentencia antes del término de su periodo, en enero del 2019, esa situación le impediría seguir como titular de la FEF.

Lo anterior porque desde el 1 de enero de 2004, para “ordenar la vida del fútbol nacional (en cada federación), confiriéndole reglas y principios”, la FIFA hizo entrar en vigor los estatutos modelos para todos sus afiliados.

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En el documento se explica que “una asociación (de cada país) debe asegurarse de que sus estatutos cumplen cabalmente con las disposiciones de los estatutos” de la FIFA.

El artículo 32 indica que “los miembros del Comité Ejecutivo (de la FEF u otra federación nacional) tendrán que haber ejercido una actividad en relación con el fútbol, no haber sido nunca objeto de una condena penal y deberán residir en el territorio de X (país sede de su entidad)”.

Luis Chiriboga, antecesor de Villacís, fue sentenciado a 3 meses de prisión en suspenso y al pago de $ 80.000 tras perder un juicio por calumnias, pero no acató los estatutos modelos porque “la justicia estaba politizada” cuando lo sancionó. (D)