Todos los exportadores que no ingresaron al país las divisas producto de las ventas que realizaron en el 2012, tienen que declarar y pagar el Impuesto a la Salida de Divisas (ISD, 5%) presuntivo por primera vez, hasta julio de este año, según una resolución del Servicio de Rentas Internas (SRI), vigente desde el 25 de enero pasado.