El 30 de noviembre del año pasado un conductor fue citado por ofrecer el servicio de transporte público en un vehículo no autorizado. Él decidió impugnar la boleta ante un juzgado de tránsito para evadir el pago de la multa y la reducción de puntos en su licencia de conducir por la infracción cometida.

Según la Ley de Tránsito, que estuvo en vigencia hasta el pasado 28 de marzo, un juez competente tenía la potestad de declarar la prescripción (librar de responsabilidades al infractor), después de un mes de emitida la citación y luego de verificar que la contravención no haya causado daños a terceros.

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Pero la prescripción del caso, que figura como dictada por el juez temporal 4º, César Vaca Schiffino, se hizo el 6 de diciembre, solo seis días después.

El artículo 617 del Código Penal (norma supletoria de la Ley de Tránsito en el juzgamiento y sustanciación de las contravenciones) señala que “la acción de la Policía (o agente de tránsito) prescribe en 30 días y la pena en 90, contados ambos términos desde el día en que se cometió la infracción o desde la fecha en que la sentencia condenatoria quedó ejecutoriada”.

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Es así que Vaca y los jueces 5º, Carlos Morales Anchundia, y el temporal 1º, Guillermo Minchala, están siendo investigados por el Consejo de la Judicatura (CJ) del Guayas, que deberá probar si hubo corrupción al acelerar el proceso de prescripción de las citaciones.

En otra boleta, emitida el 9 de octubre del 2010 por detenerse sobre el paso peatonal, hay inconsistencia. Minchala emitió su fallo el 4 de octubre, es decir cinco días antes de que se cometa la infracción.

Una citación por no portar licencia de conducir que fue emitida el 17 de septiembre del 2010 y asignada al juzgado sexto fue prescrita en el quinto, contrariando la ley.

Tampoco se pueden declarar las prescripciones en el caso de que el conductor haya sido reincidente. No obstante, se ha prescrito a favor de un ciudadano con diez citaciones que recayeron en el mismo juzgado.

En informes de la ahora Comisión de Tránsito del Ecuador (CTE), desde octubre del año pasado hasta marzo de este año, se notifica al CJ del Guayas sobre las supuestas irregularidades en estos trámites.

El director del Departamento de Citaciones y Partes de la CTE, Luis Torres, explicó que las anomalías fueron detectadas por el personal de esta entidad, ya que cuando llegaban las resoluciones de los juzgados la documentación era revisada para darle de baja en el sistema y no cobrarle a los usuarios.

Tras evidenciar los errores, se informó al área de Asesoría Jurídica de la CTE, que determinó que aquellas prescripciones “no proceden”, por lo que fueron registradas y cobradas en contra de los infractores.

El director ejecutivo de la CTE, Jaime Velásquez, asegura que envió reiterados oficios a la Judicatura para informar sobre las irregularidades detectadas.

“Todos los meses enviamos cartas al CJ, pero las prescripciones siguen llegando. Esperamos que se tomen medidas para evitar que los jueces las prescriban antes de tiempo”, señala.

Fernando Yávar, director provincial del Guayas y Galápagos del CJ, reconoce haber sido informado de estas irregularidades en los juzgados de tránsito y asegura que se les abrió sumario administrativo a los implicados, quienes fueron notificados el 11 de febrero.

Aunque considera que los errores se pueden deber a que cada juzgado de turno recibe a diario unas 2.000 citaciones.

El juez Morales se defiende y asegura que no ha obrado mal, razón por la cual presentó una denuncia en la Fiscalía del Guayas el 15 de febrero en la que alega que las firmas y rúbricas que aparecen en las declaraciones supuestamente prescritas por él “han sido falsificadas”.

“Solicito remitir el oficio a la Policía Judicial a fin de que realicen las investigaciones que correspondan y se establezcan las responsabilidades de esta actividad ilícita en perjuicio de la ciudadanía, la Función Judicial y CTE”, señala el documento.

Morales indica que la semana pasada acudió a la Fiscalía para hacer el reconocimiento de su firma, pues considera que las prescripciones en su despacho pudieron haberse realizado durante sus días de vacaciones o en las horas que se encuentra fuera de la institución.

Además denuncia que hay vigilantes que borran con alcohol y algodón los números que se colocan en las citaciones para determinar en qué juzgado serán tramitadas, y escriben otro según su conveniencia.

Este Diario trató de obtener la versión de los otros jueces temporales implicados, César Vaca Schiffino y Guillermo Minchala, pero ya no se encuentran en los juzgados porque cumplieron con estas funciones durante un tiempo.

Las prescripciones de las boletas ya no se contemplan en la reforma a la Ley de Tránsito, vigente desde el 29 de marzo. En el caso de que actualmente un conductor impugne el parte del vigilante dentro de tres días, la contravención será juzgada en una audiencia oral por los jueces o por otra autoridad competente. Y el juez, luego de tres días, deberá pronunciar su sentencia incluso en ausencia del infractor, según el art. 178.

Mientras que para aquellas contravenciones cometidas a partir de agosto del 2008 hasta el 28 de marzo del 2011, que aún no hayan sido despachadas ni resueltas en los juzgados y que no fueron impugnadas por los conductores, se entenderán como cometidas, y deberán atenerse a la reducción de puntos y cancelar el valor de la multa a la Agencia Nacional de Regulación y Control de Transporte, según señala la disposición transitoria 23ª vigente.