La nueva Carta Magna crea otra función: la de Transparencia y Control Social, ‘bautizada’ por el movimiento oficialista PAIS como “cuarto poder”.

Está integrada por todas las autoridades de control y el nuevo Consejo de Participación Ciudadana y Control Social.

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Este último será  encargado, a su vez, de la designación de esas mismas autoridades; unas a través de concursos públicos, de comisiones especiales de selección o de    ternas enviadas por la función Ejecutiva (es el caso del Procurador y los superintendentes).

La ex asambleísta Pilar Núñez (PAIS), que fue parte de la mesa 2 de Participación Ciudadana y Sistemas de Representación, explica que el espíritu de la norma apunta a involucrar a la ciudadanía en la toma de decisiones del país, no solo a través de la participación directa (en elecciones).

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El Consejo estará conformado por siete miembros elegidos por concurso público de candidatos presentados por las organizaciones sociales y representantes de la ciudadanía.

Dicho concurso lo convocará el Consejo Nacional Electoral (uno de los organismos que conforman la nueva Función Electoral).

El ex ministro de Gobierno, Vladimiro Álvarez, cree que el Consejo tendrá “superpoderes” ya que nombra a todas las autoridades mencionadas.

Al jurista le preocupa que su integración dependa de los candidatos que presentan “organizaciones sociales” y quiénes serán los “representantes de la ciudadanía”.

En el Ministerio Cordinador de Inclusión Social están registradas alrededor de 35 mil agrupaciones, ONG y fundaciones.

“¿Qué organizaciones sociales, qué ciudadanía  son las que van a elegir a los siete ‘superpoderosos’. Actualmente aparecen grupos sociales sin ninguna  legitimidad electoral, como los actores políticos que hubo en el referéndum. Por ejemplo, a los miembros de la organización juvenil de los barrios del sur, ¿quién los eligió?, ¿de dónde salieron?”, cuestiona.

El “Congresillo”  contemplado en el Régimen de Transición tendrá a su cargo la redacción de la ley que regulará el Consejo de Participación. El plazo fijado en la primera disposición transitoria es de 120 días.

El constitucionalista Orlando Alcívar señala  en un artículo que el país debe estar pendiente de la elaboración de la norma que establecerá los requisitos que deberán reunir los integrantes de la nueva función, “comenzando por determinar con claridad quiénes serán considerados grupos sociales y quiénes representarán a la ciudadanía, pues de esto dependerá la transparencia en los elegidos. Que  el representante de la ciudadanía no sea, como en el pasado, un buen amigo del régimen escogido a dedo”.

Núñez comenta que la mesa discutió la posibilidad de que las organizaciones se registren ante el Consejo y que se establezcan perfiles para los representantes  ciudadanos que estarán en el Consejo y en las comisiones de selección.

Jorge Escala (MPD), ex primer vocal de la Comisión Directiva de la Asamblea, expresa que las organizaciones que presenten candidatos deben tener legitimidad y presencia nacional. “Que sus delegados sean escogidos de manera democrática,  por elección interna. Y que los ciudadanos sean personas honestas y serias”, refiere.

ORGANIZACIONES: Grupos sociales

25
Por ciento  de las organizaciones de la sociedad civil está en Pichincha y el 24% en Guayas.