Estos textos constitucionales se incluyeron en la sección de la naturaleza y ambiente, donde se conceptualiza que el Estado garantiza un modelo de desarrollo ambientalmente sustentable, equilibrado, respetuoso de la diversidad cultural.
La subcomisión de redacción, integrada por asambleístas de Gobierno: Gorki Aguirre, Félix Alcívar y Manuel Mendoza, fue la encargada de la redacción final.
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En el documento presentado al pleno se determinó que toda decisión o autorización estatal que pueda afectar al ambiente deberá ser consultada a la comunidad, a la cual se informará amplia y oportunamente.
El Estado valorará la opinión de la comunidad en virtud de los criterios establecidos en la Ley. Si el referido proceso de consulta resultare una opción mayoritaria de la comunidad respectiva, la decisión de ejecutar o no el proyecto será tomada solo a través de resolución.
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En otra parte del texto constitucional se señala que las acciones legales para perseguir y sancionar por daños al ambiente son imprescriptibles.