¿Durante el proceso electoral quiénes gozan de inmunidad?
Los vocales del Tribunal Supremo Electoral gozarán de inmunidad mientras duren en sus funciones; y los vocales de los tribunales provinciales, entre el día en que se publique la convocatoria a elecciones y hasta 30 días después de verificados los escrutinios. Los vocales de las juntas receptoras del voto gozarán igualmente de inmunidad desde la fecha de su posesión hasta tres días después de realizadas las elecciones. Los candidatos estarán protegidos del fuero de corte desde el momento de la inscripción de sus candidaturas hasta el día de las elecciones, para el caso de infracciones contempladas en el Código Penal, y demás leyes penales.
¿Quiénes están sujetos al control del gasto electoral?
A esta ley se sujetarán los partidos y movimientos políticos, organizaciones, candidatos y las alianzas que se formen entre estos, las personas jurídicas públicas y privadas, las entidades del sector público y las personas naturales cualquiera que fuere la naturaleza de su participación dentro de un proceso eleccionario o de promoción electoral.
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¿De dónde obtendrá la información el Tribunal Supremo Electoral (TSE) para llevar el control del gasto?
El TSE y los tribunales provinciales podrán requerir, a cualquier entidad pública o privada, los datos que precise para el control del monto, origen y destino de los recursos que se utilicen en las campañas. Ninguna información será negada al argumentar sigilo o reserva bancaria; de no hacerlo el responsable de la entidad requerida, será sancionado por el Tribunal Supremo Electoral.
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