Ambas siglas se entrecruzan ante la necesidad de financiar la guerra contra el narcoterrorismo. Según el Gobierno nacional, en 2024, se requieren 1.020 millones de dólares para el efecto. Y la Asamblea Nacional, AN, ha iniciado el debate del proyecto de ley que aumenta tres puntos del impuesto al valor agregado, IVA, entre otros impuestos, sin acuerdo.

Incrementar de 12 % a 15 % el IVA representará un ingreso entre 1.300 y 1.500 millones de dólares, dependiendo del desempeño de la economía que se lentifica por el problema de inseguridad, el toque de queda y la caída del consumo.

¿Cómo financiar la ‘guerra’ y más?

En tanto, el campo petrolero ITT, que produce 58.000 barriles por día, tendría que ser cerrado el 20 de agosto, al cumplirse el año de la consulta popular. En 2022 significó ingresos netos por 1.200 millones de dólares y el año pasado, por la caída del precio del crudo, 950 millones. Esto quiere decir que el llamado Bloque 43, con potencial de duplicar su producción, puede asumir la factura por cuenta propia.

Con mansedumbre burocrática, Petroecuador viene programando su cierre lo que supone que las empresas prestadoras de servicios empiezan el desmontaje de equipos –torres de perforación, etc.– con lo cual la producción se derrumbará con la consiguiente pérdida de la millonaria renta.

Rompiendo con el silencio de la administración, el viceministro de Finanzas reconoció en un post lo que es un secreto a voces: no hay dinero para el cierre del ITT (1.500 millones) y que el Ecuador necesita los ingresos que la actividad genera.

¿Peligra la dolarización?

El tema no debería recargarse de tanto pudor. La consulta popular convocada por la Corte Constitucional, CC, “progre” en coincidencia con la crisis política derivada de la muerte cruzada, fue un fraude burlesco. Una pregunta engañosa que databa de hace una década y que no informaba claramente sobre el verdadero estado del Bloque 43, cuyas reservas no permanecían en el subsuelo, sino que venían siendo explotadas desde 2017 con base en una autorización excepcional de la AN.

El artículo 407 de la Constitución es concluyente: “Excepcionalmente dichos recursos (en zonas protegidas e intangibles) se podrán explotar … previa declaratoria de interés nacional por parte de la Asamblea Nacional, que, de estimarlo conveniente, podrá convocar a consulta popular (no una ONG)”.

El tema de fondo es que la CC desconoció la autorización de la AN e hizo tabla rasa de una jurisprudencia y derechos adquiridos por parte del Estado ecuatoriano a través de Petroecuador, sin que se produjera un firme rechazo por parte de un Ejecutivo alicaído que estaba de salida y por el hecho mismo de que la AN había sido disuelta.

En esta misma columna dijimos que la nueva AN debería exigir una rendición de cuentas a la CC por haber desconocido su potestad privativa como función del Estado, pero resulta que, de acuerdo con el andamiaje institucional de la Constitución de Montecristi, no está sujeta a ninguna forma de control político; algo inaudito.

Una paradoja que debe agregarse al debate, más aún si el acuerdo mayoritario de las bancadas es que, en medio de la guerra contra el narcoterrorismo y la bancarrota fiscal, no cabe el cierre del ITT. (O)