En medio de la disputa que tiene el presidente Guillermo Lasso con la Asamblea Nacional por el rechazo de varias de sus propuestas de ley -la última el proyecto de ley de inversiones-, la firma Cedatos publicó en su estudio mensual la aprobación actual del poder Legislativo.

De acuerdo con la consulta, el nivel de credibilidad de la palabra de los asambleístas es de 6,5 % y mientras que el 86,5 % dice no creerles.

En cuanto al nivel de aprobación de la Asamblea en general es de 11,5 % y la desaprobación de 77,9 %.

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Estos datos fueron obtenidos como el resultado de entrevistas hechas entre 14 y 17 de marzo en Quito, Ibarra, Latacunga, Ambato, Riobamba, Cuenca, Loja, Guayaquil, Manta, Portoviejo, Babahoyo, Esmeraldas, Santo Domingo, Nueva Loja.

Según la empresa, que tiene este estudio mensual desde 1979, el nivel de confianza de la consulta hecha a 2.137 personas mediante un método cuantitativo con muestra probabilística y aleatoria, así como selección multietápica de hogares a nivel nacional, es de 95 %. El margen de error es +/- 3,4 %, para las estimaciones nacionales.

La Asamblea y el Ejecutivo mantienen una difícil relación por los proyectos de ley y ahora la situación se ha complicado más luego de que Lasso denunció en dos cartas lo que serían posibles actuaciones irregulares de de cinco asambleístas de Pachakutik -y del excandidato presidencial Xavier Hervas, de Izquierda Democrática-, como parte del debate de la Ley de Inversiones que fue archivada por la Asamblea Nacional el 24 de marzo de 2022.

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El mandatario los acusó el pasado 26 de marzo de haber pedido “beneficios económicos para sí a cambio de consignar su voto a favor del proyecto de Ley de Inversiones”. Los legisladores nombrados son: Rasa Cerda, Gissella Molina, Cristian Yucailla -también a su asesor Marcelo Rosero-, Edgar Quezada y José Chumpi.

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El tema está ahora están en manos del Servicio de Rentas Internas y de la Unidad de Análisis Financiero (UAFE), así como de la Fiscalía General del Estado para su investigación.

El presidente solicitó que se investigue a los legisladores tomando como referencia el artículo 281 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que se refiere al delito de concusión, el cual se configura cuando algunos ciudadanos, en virtud de una potestad estatal en alguna de las instituciones del Estado, exigen “la entrega de derechos, cuotas, contribuciones, rentas, intereses, sueldos o gratificaciones no debidas”. (I)