La Ley Orgánica de Carrera Sanitaria, instrumento legal destinado a garantizar condiciones laborales dignas para el personal de salud del sistema público, ha sido convertida en una norma ignorada, tergiversada y, en la práctica, abiertamente violada por el propio Estado. El discurso oficial de respeto a los derechos del personal sanitario contrasta con una realidad marcada por la negligencia administrativa, la distorsión legal y el silencio institucional.

Intervención policial vía allanamientos

Las instituciones públicas de salud han incurrido en una práctica recurrente de negación de derechos bajo dos justificaciones inadmisibles: la supuesta falta de reglamento presidencial y la alegada inexistencia de presupuesto. En primer lugar, es jurídicamente insostenible que una ley orgánica de aplicación directa –como lo es la Ley de Carrera Sanitaria– quede suspendida indefinidamente por ausencia de un reglamento secundario. La falta de reglamentación no impide la exigibilidad de derechos expresamente reconocidos en la ley, como ha sido reiterado por la jurisprudencia constitucional. En segundo lugar, el argumento presupuestario no puede ser invocado para desconocer derechos adquiridos ni para incumplir normas de rango legal superior. No hay norma en el ordenamiento jurídico ecuatoriano que autorice al Estado a condicionar el cumplimiento de las obligaciones laborales a su disponibilidad presupuestaria.

A ello se suma la incorrecta subordinación de la Ley de Carrera Sanitaria al régimen de la Losep, cuyo ámbito de aplicación no corresponde a un régimen especial como el sanitario. La consecuencia de esta distorsión es que se niegan pagos justos por jornadas nocturnas, feriados, madrugadas y fines de semana, que sí están reconocidos expresamente por la ley sectorial.

Publicidad

La ideología del sentido común en la gestión gubernamental

Más grave aún es que, en la práctica, los contratos laborales establecen jornadas ordinarias que luego son modificadas de forma unilateral por las autoridades institucionales, forzando al personal sanitario a cumplir jornadas especiales de 24 o 16 horas consecutivas, bajo el pretexto de “reorganización operativa” o “necesidades institucionales”. Esta modificación unilateral, sin acuerdo ni compensación, constituye una infracción directa del principio de estabilidad y del respeto a las condiciones pactadas contractualmente.

La interpretación errónea de que los profesionales de la salud deben cumplir jornadas de hasta 160 o 168 horas mensuales –porque así lo hace el personal administrativo– implica una equiparación inadecuada de regímenes jurídicos distintos. La Ley de Carrera Sanitaria es clara: la jornada máxima no debe superar las 120 horas mensuales. No se trata de un mínimo, sino de un límite legal. Obligar a los profesionales a exceder dicho techo configura una vulneración directa del derecho al descanso, integridad física y remuneración justa.

El hospital de Progreso

Este conjunto de prácticas –amparadas en omisiones deliberadas, interpretaciones arbitrarias y decisiones administrativas sin sustento jurídico– constituye lo que en derecho administrativo se conoce como silencio administrativo negativo, una forma de denegación tácita que priva a trabajadores de salud del ejercicio efectivo de sus derechos.

Publicidad

No se trata solo de una omisión técnica: se trata de una violación estructural de derechos laborales. La precarización del personal de salud, que ya carga con jornadas extensas y condiciones laborales adversas, no puede seguir siendo normalizada por quienes están llamados a garantizar justicia laboral y seguridad jurídica.

Ruta para resolver la pobreza y desigualdad en Ecuador

Por todo lo anterior, solicito que se visibilice la situación real del personal sanitario del Ecuador, cuyas condiciones laborales se deterioran ante la mirada impasible de las instituciones del Estado. El silencio no puede seguir siendo la respuesta institucional frente al clamor de quienes sostienen el sistema de salud pública con su vocación y esfuerzo diario. (O)

Publicidad

Galo Guillermo Farfán Cano, médico, Guayaquil