La Ley de Memoria Democrática cuenta con la Disposición Adicional Octava, también conocida como Ley de Nietos, establece que aquellas personas nacidas fuera de España y que tengan padre, madre, abuelo o abuela, originalmente nacidos en ese país y que hayan sufrido exilio por razones políticas, ideológicas o de creencia o de orientación e identidad sexual, “podrán optar a la nacionalidad española”, reseña Infobae.

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Spanish Citienship por Ley de Nietos sin un ascendiente directo de origen español

Aquellas personas que deseen obtener la nacionalidad española, pero no tienen un ascendente directo español, podrán hacerlo a través de la Ley de Nietos, ya que dicha normativa ofrece varias vías para obtenerla, incluyendo el Anexo 3, que permite a los hijos de quienes están tramitando optar por la nacionalidad.

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Dicho proceso se debe hacer en los consulados españoles de cada país, por lo que el solicitante debe cumplir con los requisitos específicos que garantizarán que la solicitud sea viable.

Los interesados podrán presentar sus solicitudes bajo esta ley hasta el 21 de octubre de 2025, ya que la demanda es alta y los tiempos de procesamiento pueden extenderse, por lo que los expertos recomiendan comenzar el trámite con tiempo.

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¿Hasta cuándo hay plazo para solicitar nuevas citas para la Spanish Citizenship por Ley de Nietos? Expertos explican

Así se puede pedir la nacionalidad española a través de la Ley de Nietos sin ascendiente directo

Aquellos sin ascendentes directos que deseen obtener la nacionalidad española mediante la Ley de Nietos, deben cumplir con lo estipulado en el Anexo 3.

Los hijos mayores de edad de quienes han pedido o adquirido la nacionalidad española pueden hacerlo por la misma Ley de Nietos.

Dicho proceso se realiza en el consulado general de España correspondiente al lugar de residencia del solicitante. Hay que tener claro que cada oficina consular establece mecanismos específicos para la presentación de documentos, por lo que es importante revisar bien cuáles requisitos pide cada jurisdicción.

Hay consulados, como el de Miami, en los que el trámite mantiene un esquema de tres pasos: recopilación de documentos, envío digital de la solicitud y programación de una cita presencial.

(I)

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