La nacionalidad española, por varios motivos, puede perderse, pero al mismo tiempo la ley permite recuperarla.

Por ejemplo, pueden perder la nacionalidad española los que estén emancipados, residan en el extranjero y adquieran voluntariamente otra nacionalidad.

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Pueden evitar esta pérdida si en el plazo de tres años declaran su voluntad de conservar su nacionalidad, informan en el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.

Cómo se recupera la nacionalidad española

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En caso de haber perdido la nacionalidad española existe la posibilidad de recuperarla y son estos los requisitos a cumplir:

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  • El interesado debe ser residente legal en España.

Sin embargo, este requisito no será de aplicación a los emigrantes ni a los hijos de emigrantes, detalla el citado ministerio.

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Además, podrá ser dispensado de este requisito por el Ministro de Justicia, cuando concurran circunstancias excepcionales. (ejemplo: Personas que hayan realizado actividades benéficas en favor de intereses o asociaciones Españolas, Orden del Ministerio de Justicia del 11 de Julio de 1991. Boletín Oficial Español de 24 julio de 1991).

  • El interesado deberá declarar ante el encargado del Registro Civil su voluntad de recuperar la nacionalidad española.
  • Deberá inscribirse la recuperación de la nacionalidad en el Registro Civil

Autorización del Gobierno para recuperar la nacionalidad española

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¿Es necesaria la previa autorización del Gobierno para recuperar la nacionalidad española?

De acuerdo con el citado ministerio, será necesaria la previa habilitación del Gobierno para recuperar la nacionalidad española, cuando la hubieran perdido españoles que no lo hubieran sido de origen y la pérdida se hubiera producido por alguna de las siguientes causas:

Los que por un período de tres años utilicen exclusivamente la nacionalidad a la que hubieran declarado renunciar al adquirir la nacionalidad española.

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Los que entren voluntariamente al Servicio de las Armas o ejerzan cargo político en un Estado extranjero contra la prohibición expresa del Gobierno.

Cuando la Sentencia firme declare que el interesado ha incurrido en falsedad, ocultación o fraude en la adquisición de la nacionalidad española.

Qué más debes saber

La presentación de la solicitud para la recuperación de la Nacionalidad Española debe realizarse en el Registro Civil de su domicilio.

Los Consulados de España realizan funciones de Registro Civil, informa el Ministerio de Justicia. (I)

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